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CABA suspenderá licencias de conducir a infractores: quiénes podrían quedarse sin registro

Nación y Ciudad firmaron un nuevo acuerdo que habilita a que se suspenda la licencia de conducir a automovilistas que cometan infracciones. Los "conductores temerarios" podrán revertir su situación antes de ser suspendidos.

 renovacion de licencias de conducir 20201215
renovacion de licencias de conducir en la provincia de bs as | Cedoc Perfil

Se suspenderán las licencias de conducir emitidas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de aquellos que sean identificados como “conductores temerarios”. La medida surge de un nuevo acuerdo firmado entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte Nacional, y el Gobierno porteño, a través de este convenio ambos organismos intercambiarán información que les posibilite detectar a los infractores severos.

De esta forma, los porteños, y aquellos con licencia radicada en CABA, con 10 o más faltas graves serán citados con el objetivo de “regularizar la situación”, en caso de no presentarse o que esto no pueda resolverse, desde la ANSV se encontrarán habilitados para pedir la suspensión del carnet de conducir.

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Las autoridades que firmaron el convenio fueron Pablo Martínez Carignano, director ejecutivo de la ANSV, y Marcelo D’ Alesandro, ministro de Justicia y Seguridad de CABA.

Quiénes son considerados "conductores temerarios"

Los automovilistas serán considerados conductores temerarios cuando registren diez o más infracciones de tránsito graves.

Al hablar de “faltas graves” se encuadran numerosas infracciones, entre ellas la conducción bajo los efectos del alcohol, estupefacientes y/o sustancias que disminuyan las condiciones psicofísicas, la negativa a someterse al control, el exceder los límites de velocidad, la adulteración de patentes y el no respetar la señalización, entre otras.

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Cabe recordar que Argentina ocupa el cuarto puesto en el top diez de países más peligrosos para manejar.

Según señalaron desde el Ministerio de Transporte, la Dirección General de Administración de Infracciones de la Ciudad (DGAI) será el organismo encargado de intercambiar la información necesaria para controlar los registros de multas según lo pactado en el convenio establecido entre Nación y Ciudad.

Asimismo, también dependerá de esta Dirección la notificación a los infractores para invitarlos a resolver su situación en conformidad con la normativa local. En caso de que no se llegue a una resolución, “la ANSV tendrá permitido solicitar la suspensión provisoria de la Licencia Nacional de Conducir por considerarlo un conductor temerario”.

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Una vez sancionados, los conductores deberán realizar un examen psicofísico a partir del que se reevaluará si se encuentran aptos, o no, para estar detrás de un volante y así determinar si la las licencias deben otorgarse nuevamente o continuar suspendidas.

Como director ejecutivo de la ANSV, Carignano remarcó la importancia del nuevo acuerdo para “anticipar y detectar a los conductores temerarios y no esperar a que cometan un hecho vial que pueda tener consecuencias irreversibles”.

¿Qué infracciones se consideran “faltas graves”?

Según señala el Artículo 77 de la Ley Nacional de Tránsito (24.449), existe una lista de 27 infracciones que se consideran de carácter grave y pueden llevar a la suspensión de la licencia en CABA.

A continuación se detallan algunas de las faltas más comunes que integran esta lista de infracciones graves:

  • Conducir bajo intoxicación alcohólica, de estupefacientes o sustancias que disminuyan las condiciones psicofísicas.
  • Violación de los límites de velocidad máxima.
  • Falta de documentación reglamentaria (licencia, seguro, comprobante de revisión técnica, etc.) o negarse a suministrarla en caso de control, accidente o cualquier situación donde sea requerida de forma obligatoria.
  • No respetar los semáforos y/o señalizaciones
  • Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad o sin el casco en el caso de los motociclistas.
  • Conducir sin vehículos sin patentes.
  • Conducir a contramano
  • Conducir con auriculares, sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas/monitores de video en el habitáculo del conductor.
  • Obstruir la circulación y/o dificultar/impedir el estacionamiento y/o detención de vehículos de servicio público de pasajeros y de emergencia, u ocupar espacios reservados por cuestiones de visibilidad y/o seguridad.
  • Conducir con menores de 10 años en la parte frontal del vehículo.

La acumulación de diez o más de estas infracciones llevará al conductor a tener que revertir su situación, en caso contrario se le suspenderá la licencia de conducir.

AS./fl