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Impedimento provisorio

Pidieron inhabilitar a Lotocki para el ejercicio de la medicina por provocar “graves lesiones”

Fue por lo ocurrido con sus pacientes Silvina Luna, Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa, mediante la colocación de polimetil metacrilato, una sustancia prohibida.

Aníbal Lotocki
Aníbal Lotocki | Télam

El fiscal Sandro Abraldes, a cargo de la Fiscalía N° 29 consideró, ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, que corresponde ordenar la "inhabilitación provisoria" para el ejercicio de la medicina y el "comercio en el ámbito estético y cosmético" del cirujano Aníbal Lotocki. Esto se da luego de ser acusado de provocar "lesiones graves" a cuatro pacientes, entre ellas la modelo Silvina Luna que permanece internada desde el 13 de junio pasado.

De acuerdo a las fuentes judiciales, el dictamen fiscal fue presentado porque la semana pasada se había requerido la opinión de las partes al respecto de la inhabilitación de Lotocki.

El médico cirujano fue condenado en febrero de 2022 por el Tribunal Oral y Correccional 28 de la Ciudad de Buenos Aires a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación para ejercer la medicina por las "lesiones graves" que les provocó a sus pacientes Silvina Luna, Gabriela Trenchi, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa.

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La Justicia determinó que Lotocki causó lesiones en el cuerpo de las cuatro mujeres con el uso de un relleno que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA), en lugares del cuerpo en los que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por la comunidad científica.

En febrero de 2022, el juez Carlos Rengel Mirat, cuando se pronunció la sentencia, no se expidió sobre la cautelar "que alcanzara la inhabilitación del acusado para el ejercicio del comercio en el ámbito estético y cosmético", indicó el Ministerio Público Fiscal (MPF) mediante un comunicado.

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Ante esta situación se presentaron recursos de la fiscalía, de la defensa y de la querella que representa a Sosa, quien cuestionó que "no se lo condenó a Lotocki por el delito de estafa", y reiteró el pedido de que el médico "no ejerza la medicina mientras Casación define si confirma la pena".

Este recurso interpuesto por Sosa "impugnó la decisión adoptada por el tribunal anterior" que denegó la petición de que se imponga a Lotocki "la medida cautelar consistente en la inhabilitación para continuar ejerciendo la medicina, hasta tanto la sentencia condenatoria -eventualmente- adquiera firmeza”, explicaron en su fallo los magistrados Mario Magariños, Alberto Huarte Petite y Pablo Jantus, integrantes de la Sala 3 de Casación.

Por su parte, la fiscalía postuló su opinión y dijo que la medida cautelar “resulta procedente y merece ser decretada en forma inmediata por los Señores Jueces de la Cámara, en atención al peligro latente que se cierne sobre la salud de aquellos que hasta el día de hoy se someten a las intervenciones del médico Lotocki”.

“Cabe poner de relieve que la salud pública como valor comunitario es inmanente a la sociedad, y que el Ministerio Público tiene el deber de promover la defensa de los intereses de la sociedad”, sostuvo la fiscalía.

El fiscal consideró, además, que es una medida "en aras de neutralizar el riesgo potencial que se deriva del ejercicio de la medicina, en general, y de la cirugía estética, en particular".

Por último, marcó que la medida solicitada “no es para asegurar los fines de este proceso penal ni adelantar el cumplimiento de la pena impuesta, sino evitar que los actuales pacientes del acusado se vean sorprendidos en su buena fe mientras que las distintas instancias judiciales se abocan al tratamiento de la resolución definitiva del asunto”.

RB/fl