"El impuesto al cheque es distorsivo, pero eliminarlo es un desafío por su peso en la recaudación"
Así lo confirmó el tributarista Sebastián Domínguez, quien añadió: “Es un impuesto distorsivo que habría que eliminar”, afirmó, y explicó por qué: “Hace que la gente no se bancarice o las empresas traten de no bancarizarse”.
La prórroga del beneficio vinculado al impuesto al cheque volvió a poner bajo la lupa a uno de los tributos más cuestionados del sistema argentino. En una entrevista televisiva, el tributarista Sebastián Domínguez explicó que el Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen que permite a las microempresas computar una parte del impuesto al débito y crédito bancario contra contribuciones patronales.
El punto central, remarcó Domínguez, es que no se trata de un beneficio general: alcanza solamente a las empresas con Certificado PyME en categoría microempresa. “Las microempresas, solamente las microempresas que tienen certificado PYME con esa categoría, pueden tomar el 30% del impuesto al débito y crédito efectivamente ingresado como pago a cuenta del 15% de las contribuciones patronales SIPA”, detalló.
Qué se prorrogó y a quiénes beneficia: el cómputo del impuesto al cheque para microempresas
Domínguez explicó que la prórroga mantiene el esquema vigente para un universo acotado: microempresas con certificación oficial. El mecanismo permite utilizar parte de lo pagado por impuesto al débito y crédito como pago a cuenta de contribuciones patronales destinadas al SIPA, es decir, al sistema previsional. En números, se habilita tomar el 30% del impuesto al débito y crédito ingresado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales SIPA.
El tributarista también contextualizó el alcance comparándolo con el pasado. Recordó que, cuando se implementó el impuesto, existían más alternativas para compensarlo, pero “se fueron restringiendo”. Hoy, según indicó, la mayoría de las empresas puede computar una parte (o todo) a cuenta de Ganancias, mientras que solo las microempresas conservan el cómputo parcial contra contribuciones patronales.
En la entrevista se mencionaron parámetros de facturación por sector para calificar como microempresa, y Domínguez agregó un punto relevante sobre el modo de medición: se toman los últimos tres ejercicios, lo que puede hacer que empresas con facturación más alta en el presente sigan encuadrando por promedio, especialmente tras años de inflación elevada. Además, señaló que esos parámetros suelen actualizarse anualmente, “más o menos en abril”, por lo que podría haber una actualización hacia abril de 2026.
Cómo se aplica el beneficio: Certificado PyME, AFIP y Libro de Sueldos Digital
Más allá del anuncio, Domínguez bajó el tema a tierra con un detalle operativo clave: para acceder al cómputo, la empresa debe contar con el Certificado PyME vigente y mantenerlo “al último día del mes” en el que pretende usar el beneficio. En la práctica, explicó, ARCA identifica a la microempresa con un código de caracterización. Si la firma llega con esa condición al cierre del mes, queda habilitada para computar ese período.
El trámite no es automático: es una opción. “No es obligatorio obviamente, es una opción”, aclaró Domínguez. Y precisó dónde se ejerce: al confeccionar el Libro de Sueldos Digital, la empresa debe indicar que opta por el cómputo. Allí el sistema muestra el límite que puede imputarse y el empleador decide si computa hasta ese tope o menos, según lo efectivamente debitado en concepto de impuesto al débito y crédito en su cuenta bancaria.
En otras palabras, el beneficio funciona como un alivio parcial y condicionado, pensado para mejorar caja de las microempresas formales, pero siempre dentro de un encuadre administrativo específico. Domínguez resaltó que el corazón del requisito es la condición PyME y la correcta carga en el circuito digital de liquidación de sueldos.
¿Se puede eliminar el impuesto al cheque?: “distorsivo”, pero clave para la recaudación previsional
El debate de fondo es político y fiscal. Domínguez fue contundente al caracterizar el tributo: “Es un impuesto distorsivo que habría que eliminar”, afirmó, y explicó por qué: “Hace que la gente no se bancarice o las empresas traten de no bancarizarse”.
Sin embargo, también marcó las restricciones: el impuesto tiene un peso importante en la recaudación y, además, cumple una función específica. Domínguez señaló que “el 100% de la recaudación de este impuesto va para el pago de jubilaciones”, lo que complica cualquier recorte rápido porque implicaría discutir cómo se reemplaza ese financiamiento sin “desfinanciar la caja previsional”.
En ese marco, describió la dificultad de avanzar con la eliminación en un contexto donde el Gobierno prioriza el equilibrio fiscal. Y planteó un camino posible, por etapas: ir ampliando el cómputo del impuesto —por ejemplo, contra IVA y contra contribuciones patronales—, primero de manera parcial y luego sin límites, hasta que eventualmente pueda computarse íntegramente. “Quizás lo que habría que hacer es ir en etapas”, sostuvo.
La prórroga del beneficio para microempresas, así, queda ubicada en un punto intermedio: no elimina el impuesto, pero mantiene una válvula de alivio para el segmento más chico del entramado productivo formal. Y, al mismo tiempo, expone el dilema central que describió Domínguez: reducir distorsiones sin comprometer una fuente de recursos que hoy sostiene el financiamiento del sistema jubilatorio.
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