Salarios

Sueldos de Carga y Descarga: las escalas salariales y las categorías vigentes para el mes de junio

La Unión Trabajadores de Carga y Descarga de la República Argentina (UTCYDRA) junto a la cámara del sector ratificaron los salarios básicos, jornales y el esquema de incorporación gradual de sumas no remunerativas.

Roberto Rivero: “Tenemos un 25%, lo cual es inimaginable que eso no se refleje en los costos del transporte” Foto: Cedoc Perfil

La Unión Trabajadores de Carga y Descarga de la República Argentina (UTCYDRA) y la cámara empresaria de la actividad sellaron la estructura de ingresos para los trabajadores de la actividad. Las partes refrendaron el entendimiento técnico en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Número 508/07 (t.o. 2015). El documento, suscrito en el marco de la paritaria para el período de abril, mayo y junio de 2026, fijó los parámetros salariales que rigen para las remuneraciones devengadas que se abonan durante el sexto mes del año.

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La diagramación de las planillas salariales incluyó valores fijos que corren de manera uniforme para todo el período de vigencia pautado. El esquema prevé además que las sumas no remunerativas mensuales otorgadas durante los meses previos (abril y mayo) modifiquen su naturaleza de acuerdo con las normativas vigentes; de este modo, de conformidad con el artículo 103º de la Ley N° 20.744, la mitad de dicha suma adquirirá carácter remunerativo incorporándose de forma directa y unificada a los básicos mensuales correspondientes al período de junio.

El presente Acuerdo se realizó de forma presencial contando con la participación en los procesos de la negociación de los Miembros Paritarios de la representación sindical de UTCYDRA, firmando el Sr. Juan Carlos Opsansky, la Srta. María Eugenia Senas, el Sr. Gustavo Ezequiel Vila y el asesor letrado Dr. Julio Cuello. Por la representación empresaria de la Cámara Empresaria de Carga, Descarga, Manipuleo, Movimiento, Empaque y Afines de la República Argentina (CECADRA), firmaron Héctor Guillermo González, Albano Scaravilli y la asesora letrada Dra. Mónica María Emma.

Los sueldos básicos de los operarios de carga y descarga

Las planillas salariales vigentes determinaron los siguientes montos correspondientes a los haberes básicos de la actividad por hora, por jornal y sus respectivos sueldos mensuales para cada escalafón convencional durante el mes de junio de 2026 (Anexo III):

- Operario Categoría 1: dispone de un sueldo básico por hora de $9.482, un valor por jornal de $75.855 y un sueldo mensual fijado en $1.896.375.

- Operario Categoría 2: cuenta con un sueldo básico por hora de $8.719, un valor por jornal de $69.752 y un sueldo mensual establecido en $1.743.803.

- Operario Categoría 3: percibe un sueldo básico por hora de $7.891, un valor por jornal de $63.129 y un sueldo mensual pautado en $1.578.220.

- Operario Categoría 4: dispone de un sueldo básico por hora de $7.622, un valor por jornal de $60.979 y un sueldo mensual asignado de $1.524.476.

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Los sueldos básicos del Personal Administrativo y/o Venta

El cuadro técnico convencional determinó idénticos parámetros de remuneración horaria, diaria y mensual para el personal que se desempeña en tareas de gestión comercial y administración dentro de las empresas del sector:

- Administrativo y Venta Categoría 1: dispone de un sueldo básico por hora de $9.482, un valor por jornal de $75.855 y un sueldo mensual de $1.896.375.

- Administrativo y Venta Categoría 2: cuenta con un sueldo básico por hora de $8.951, un valor por jornal de $71.609 y un sueldo mensual de $1.790.231.

- Administrativo y Venta Categoría 3: percibe un sueldo básico por hora de $8.719, un valor por jornal de $69.752 y un sueldo mensual de $1.743.803.

- Administrativo y Venta Categoría 4: dispone de un sueldo básico por hora de $7.891, un valor por jornal de $63.129 y un sueldo mensual de $1.578.220.

Los sueldos básicos de los Conductores

El personal asignado a la conducción y transporte operativo dentro del ámbito del convenio colectivo cuenta con las siguientes escalas salariales de liquidación vigentes para el mes de junio de 2026:

- Conductor Categoría 1: dispone de un sueldo básico por hora de $11.569, un valor por jornal de $92.553 y un sueldo mensual fijado en $2.313.833.

- Conductor Categoría 2: cuenta con un sueldo básico por hora de $10.750, un valor por jornal de $86.003 y un sueldo mensual establecido en $2.150.069.

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Las condiciones de las asignaciones no remunerativas y adicionales convencionales

La reglamentación de las planillas salariales pautó de forma expresa que los nuevos sueldos acordados absorben y compensan hasta su concurrencia cualquier aumento otorgado individual o colectivamente por las empresas que no devengue de recategorizaciones o mayor antigüedad. Las sumas resultantes del acta se aplicarán de manera inmediata sobre los recibos correspondientes.

Por último, las partes ratificaron el compromiso mutuo de paz social, obligándose a no adoptar medidas de fuerza de tipo salarial, despidos sin causa o suspensiones unilaterales durante la vigencia, al tiempo que pautaron una nueva instancia de reunión en el transcurso del mes de julio de 2026 a efectos de analizar el comportamiento y evolución de la pauta salarial pactada frente a las variables macroeconómicas del sector.

 

GZ/ff