La Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados y las cámaras empresarias de la actividad sellaron la estructura de ingresos para los trabajadores de la actividad. Las partes refrendaron el entendimiento técnico en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Número 56/75 para la Industria de la Carne. El documento, suscripto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fijó los parámetros salariales que rigen para las remuneraciones devengadas que se abonan durante el sexto mes del año.
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La diagramación de las planillas salariales incluyó valores fijos por hora que corren de manera uniforme para todo el período de vigencia pautado. El esquema prevé además la revisión obligatoria de las escalas durante el transcurso del mes de junio de 2026, una vez conocida la información del índice de inflación oficial determinado por el Estado Nacional, con el objetivo de resguardar el espíritu de la recomposición salarial acordada.
El presente Acuerdo contó con la participación y firma de la representación gremial encabezada por su secretario general, José Alberto Fantini, junto a Gabriel Chávez, Carlos Molinares, Fabián Ochoa, Miguel Tapia, Cristian Crudelli, Antonio Loza, Omar Garey, Fabio Oviedo, Gabriel Muñoz y Miguel Ángel Otero. Por la representación empresaria firmaron el Dr. Miguel Ángel Polo por la Unión de la Industria Cárnica (UNICA); el Sr. Alberto Berardi por la Cámara de Industrias Cárnicas de Entre Ríos (CICER); el Sr. Juan Javier Peralta por la Asociación de Frigoríficos e Industriales de la Carne (AFIC) y la Federación de Industrias Frigoríficas Regionales Argentinas (FIFRA); el Dr. Mario Ravettino por el Consorcio de Exportadores de Carnes Argentinas (CECA) y CAFRA; y el Dr. Sebastián Bendayán Breser por la Cámara de Frigoríficos de la Provincia de Santa Fe (CAFRISA).

Los sueldos básicos por hora de los operarios de la industria de la carne
Las planillas salariales vigentes determinaron los siguientes montos correspondientes a los haberes básicos iniciales por hora de la actividad (Anexo IV) para cada escalafón convencional durante el mes de junio de 2026:
- Operario Inicial (O.I): dispone de un sueldo básico por hora de $6.823,87.
- Peón Práctico (P.P): cuenta con un sueldo básico por hora de $7.165,06.
- Sub-Calificado (S.C): percibe un sueldo básico por hora de $7.523,32.
- Calificado (C): dispone de un sueldo básico por mes de $7.899,48.
- Especializado (E): cuenta con un sueldo básico por hora de $8.294,46.
- Especializado de Primera (E. 1º): percibe un sueldo básico por hora de $8.709,18.
Dentro del sector de Ingeniería se incorpora además la categoría inicial de Oficial de Primera (O. 1ra) con un valor básico de $8.294,46 por hora, y la escala máxima inicial asciende en el Personal Especializado de Primera a $9.144,64 por hora.

Las condiciones de las asignaciones por presentismo y adicionales convencionales
La reglamentación de las asignaciones pautó de forma expresa los importes determinados para el beneficio por presentismo correspondientes a lo normado en el convenio colectivo de trabajo vigente.
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Para el período comprendido entre el 1° de junio de 2026 y hasta el 30 de junio del 2026, se fijó un monto de presentismo de $94.890,51 por mes (o un equivalente de $47.445,25 por quincena). Asimismo, las planillas complementarias determinaron el pago obligatorio de una suma adicional fija que acompaña al presentismo, establecida en un valor de $20.000 mensuales (o distribuidos en $10.000 por quincena) para la totalidad de los operarios integrados en los establecimientos de la actividad del país.
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