La reforma laboral está vigente luego de una resolución judicial
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto la medida cautelar que había suspendido la vigencia de 81 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, así denominada por el oficialismo, en una causa iniciada por la CGT contra el Estado. La resolución fue firmada por la jueza federal Macarena Marra Giménez. La magistrada señaló que el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, que había dictado la cautelar, carecía de competencia y que no estaban reunidos los requisitos legales para mantener la suspensión de la norma.
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, señaló que era “una gran noticia para los trabajadores y para los que generan trabajo en el país”. “De esta manera, la ley votada en el Congreso finalmente va a entrar en vigencia“, afirmó el funcionario.
La causa se inició a instancias de la CGT. La central obrera había presentado una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Ejecutivo porque considera que la mayoría de los artículos vulneran la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia, entre otras garantías constitucionales. El 30 de marzo, Ojeda había hecho lugar a la cautelar y estaban frenados artículos vinculados a contratación laboral, indemnizaciones, negociación colectiva, tutela sindical, derecho de huelga, jornada laboral, vacaciones, período de prueba y convenios colectivos, entre otros puntos de la reforma.
La resolución de la jueza Marra Giménez deja “sin efecto la medida cautelar otorgada mediante resolución del 30/3/2026, que suspendió 81 artículos de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802”. El fallo recordó que la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal había definido previamente que la competencia correspondía al fuero contencioso administrativo y no al laboral.
En ese marco, Marra Giménez citó la Ley 26.854 de medidas cautelares contra el Estado, que establece que “los jueces deberán abstenerse de decretar medidas cautelares cuando el conocimiento de la causa no fuese de su competencia”. La resolución cuestionó además el alcance de la cautelar dictada por Ojeda. La jueza señaló que “la accionante persigue a título cautelar la suspensión de 81 artículos de la ley de modernización laboral N° 27.802, mediante los cuales se regulan una amplia gama de cuestiones de una variedad y complejidad tal que excede el estrecho ámbito de apreciación del remedio preliminar deducido”.
Además, la magistrada remarcó que analizar la constitucionalidad de ese conjunto de normas en una instancia cautelar implicaría adelantar criterio sobre la cuestión de fondo y sostuvo que “realizar un examen a título cautelar sobre la arbitrariedad o inconstitucionalidad de 81 artículos de una ley dictada por el Congreso Nacional resultaría un claro abuso del instituto cautelar”.
La magistrada también enfatizó que “las leyes gozan de una presunción de legitimidad que opera plenamente” y consideró que el planteo de la CGT requiere “un examen profundo de estudio sobre los derechos involucrados”.
También te puede interesar
-
Lemoine llevó a sus influencers a Olivos y abrió una nueva batalla entre Karina y Caputo
-
El PRO advierte que crece el malhumor social
-
Investigarán a Reidel por el uso de las tarjetas de Nucleoeléctrica S.A.
-
Suspenden la cautelar a favor de las universidades antes del 12M
-
Un juez de La Pampa destrabó la Ley de Glaciares
-
Karina quiere dejar de ser la sombra de su hermano y suma poder propio
-
Una hermética reunión de Gabinete donde el Presidente pidió respaldo para su ministro
-
Bullrich comenzó su campaña porteña después de condicionar a Milei y Adorni
-
Adorni posteó en X el "resumen de la semana en nuestra querida Argentina" y las respuestas lo odiaron