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El plan de la Argentina, en contexto regional

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El presidente Mauricio Macri anunció públicamente el pasado viernes 27 de mayo que presentaría ante el Congreso un “régimen de transparencia fiscal”, como una medida extraordinaria para mejorar los haberes jubilatorios, pagar los juicios de los jubilados contra la Anses y sanear las finanzas públicas del Estado nacional.
Por lo que se pudo conocer en este breve lapso a través de trascendidos periodísticos, el proyecto de “blanqueo” elaborado por el Poder Ejecutivo resulta atractivo por varios motivos. Primero, por la oportunidad en que se presenta, poco antes del comienzo del intercambio automático de información financiera (AEOI) entre varios países de la OCDE mediante el Reporte Común Estándar (CRS), lo que se suele llamar la “transparencia fiscal internacional”.
También porque se trata de un régimen amplio, para cualquier tipo de bienes que no estén declarados y no sólo para moneda extranjera o activos financieros. Las alícuotas que se prevé aplicar para el impuesto especial son muy convenientes: 0% para tenencias de hasta US$ 25 mil, 5% para inmuebles en el país o en el exterior, 5% para tenencias que no superen los US$ 80 mil y 10% para tenencias que superen aquel valor (excepto inmuebles). No obstante, si la exteriorización se realiza entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2017, la alícuota será del 15%. Por otro lado, quienes adquieran títulos públicos que lanzará el Estado nacional no tendrán que pagar ningún costo por el blanqueo.
Chile también tuvo su régimen de regularización, que rigió durante todo el año 2015, el cual fue introducido en la ley que reformó el sistema de tributación a la renta de dicho país (Ley 20.780). El régimen no era tan amplio como el proyecto elaborado por el equipo de trabajo del presidente Macri, sino que se circunscribía únicamente a activos financieros en moneda extranjera, rentas derivadas de los mismos y divisas. La alícuota que se aplicaba era del 8%, lo que seguramente resultó un atractivo para quienes dudaban si regularizaban o no su situación.
Brasil trató de acomodar sus finanzas a través del Plan Levy, sin alcanzar los resultados esperados. Probablemente a causa del alto costo involucrado: la posibilidad de regularizar la situación fiscal por dinero en el exterior no declarado tenía una carga nominal total del 35%. El 17,5% se abonaba en concepto de multa y el resto, como impuesto. Al aplicarse el tipo de cambio de diciembre de 2014, la tasa efectiva resultaba en 22,5% aproximadamente.
Como aspecto común de los tres países, surge que el blanqueo no obliga a la repatriación de capitales. El proyecto que ahora debe tratar el Congreso argentino se destaca de las medidas de los otros países por algunos aspectos particulares. En primer lugar, porque pretende un reconocimiento para los sujetos cumplidores de sus deberes fiscales. Además, se ocupa del “día después”, aliviando la carga impositiva en materia del impuesto sobre los bienes personales progresivamente hasta su derogación, a partir del año 2019. A su vez, quienes no tengan bienes sin declarar, pero pretendan regularizar algunas obligaciones impositivas olvidadas, podrán hacerlo hasta en 60 cuotas a la tasa de interés del 1,5% mensual, siendo condonadas las multas en forma total y el interés resarcitorio en lo que supere el 30% o el 100% del capital adeudado, según se trate de una pyme o no.

 

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*Contador público. Asociado del estudio Lisicki, Litvin & Asoc.