El proyecto de “ley de contrato de trabajo para el personal de casas particulares” que impulsa el Poder Ejecutivo trae una serie de modificaciones tanto para el empleado como para el empleador. Es importante conocer a fondo los cambios previstos para no llevarse sorpresas en futuras contrataciones.
Hasta el momento, la fecha estipulada para su tratamiento y votación no está clara.
Desde el Ministerio de Trabajo de la Nación explican que ya pasó por distintas instancias legislativas en el Congreso de la Nación, pero nadie se atreve a confirmar cuánto tiempo falta para la votación y aprobación. PERFIL consultó a distintos expertos y representantes para conocer a fondo en qué consisten los cambios que introduce este proyecto de ley y en qué medida afectará a cada parte.
Entre las modificaciones más significativas, la jornada laboral se acorta a un máximo de ocho horas diarias o 48 horas semanales (ahora no hay máximo); si supera ese máximo, habrá que pagar horas extras con un recargo del 50 por ciento cuando sean días de semana y de un ciento por ciento cuando ocurran los sábados después de las 13 horas.
Otros cambios importantes son que la licencia por vacaciones tiene un nuevo mínimo: de 14 días corridos –antes eran diez–; en caso de despido, se pagará un sueldo entero por año trabajado o fracción mayor a tres meses y no medio sueldo como rige al día de hoy, y se impone la obligación de contratar un seguro de riesgo del trabajo y proveer al personal de ropa y elementos de trabajo.
Los empleadores también tendrán que reconocer todas las licencias usuales para otros empleados: enfermedad, estudios (diez días al año como máximo) y por embarazo: noventa días que, aunque los funcionarios juran que serán pagados por el Estado, en el proyecto de ley no figura con claridad.
En caso de contratar personal sin retiro (o como se suele decir “cama adentro”), el proyecto dispone una jornada laboral de un máximo de ocho horas, a diferencia de 12 horas, como rige ahora. Equivalen a 48 horas a la semana y un descanso semanal de 35 horas corridas, a partir del sábado entre las 13 y las 16.
Otro punto clave es el cambio en el tiempo de preaviso por despido.
Por el estatuto actual, rige después de los noventa días con cinco días de anticipación, si la antiguedad del empleado es inferior a dos años, y de diez días, si fuera mayor.
Según el proyecto de ley, el preaviso deberá ser de un mes de anticipación con menos de cinco años de antigüedad, y de dos meses, en los casos de antigüedad mayor a cinco años.
Con respecto al salario mínimo, continuará siendo fijado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Sobre el seguro de ART, el especialista Carlos Brassesco, abogado del Sindicato de Empleadas Domésticas, sostuvo que, “estimativamente, el costo de un seguro de ART podría rondar unos $ 20 por trabajador/a y sumado a los aportes y contribuciones al régimen de la seguridad social ($ 81,75), podríamos estar hablando de alrededor de $ 100 por encima del sueldo a abonarse”.
Brassesco indicó que, entre las ventajas para los empleadores, figura “el período de prueba de treinta días establecido en el proyecto (para los empleados cama adentro), en los que si el empleador no está conforme, puede dar de baja el servicio sin necesidad de indemnización”.
La presidenta de la Liga de Amas de Casa, Aída Irma Muñoz, habló con PERFIL y sumó su punto de vista: “Es justo que gocen de los beneficios y de las indemnizaciones como cualquier trabajador, porque respetamos el trabajo del otro y pensamos que está bien que haya una ley que las ampare”.
En modo introspectivo, Muñoz aclaró que “en la Liga no pensamos que el personal doméstico es denigrante, como se creía antes. Creemos que la mujer debe defender sus derechos y por eso, desde la Asociación, apoyamos la medida. De hecho, nosotras muchas veces hacemos las tareas de las chicas que limpian, es una labor digna que merece reconocimiento”. Muñoz, además, considera que “se tiene que seguir con la política de blanquear a todos los trabajadores” y dice que el proyecto “es un gran paso”.
Según los números oficiales que brindó el Ministerio de Trabajo de la Nación a PERFIL, hay registradas 450 mil trabajadoras domésticas en todo el país. Pero, desde el mismo organismo, se estima que por fuera del Estatuto de Personal Doméstico, hay unas 550 mil más.
El subsecretario de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, Alvaro Ruiz, explica la postura oficial: “Con este proyecto buscamos avanzar en una mejor protección para los sectores, grupos o colectivos laborales que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad”.
Resalta, además, que “no justificamos la cantidad de horas o días empleados en una casa particular ya que todos aquellos que empleen a una persona por hora o días, con o sin retiro, se van a tener que registrar. Para asegurarnos, se establece sanciones para la falta de registración. Pero también se establece un período razonable de espera de 180 días desde la sanción de la ley para que la gente pueda regularizar al personal”.
Por otro lado, dejando por un momento de lado a la empleada, y situándose en el lugar del empleador, Ruiz agrega: “Los empleadores van a tener mayor certeza en cuanto a una cantidad de aspectos que pueden derivarse de una relación de empleo, como puede ser pedidos de indemnización irracionales, juicios injustificados”.
Ruiz afirmó que “el Estado pagará las prestaciones por embarazo que sustituirán la remuneración del trabajador por los noventa días de licencia pre y post parto”.
Desde la Asociación de Empleados Domésticos de Zona Norte, el secretario general Ricardo Moises, dice que “las empleadas que no son blanqueadas es porque el empleador no quiere tenerlas en blanco”. Moises finaliza con un reflexión: “Siempre se gobernó con hombres. Hoy que el presidente es una mujer, se contempla derechos que los hombres, hasta hoy, no hicieron”.