COLUMNISTAS
opinión

La moraleja de Vicentin y el deslinde de responsabilidades

imagen default
| Cedoc

Asistimos a una construcción artificiosa de solvencia patrimonial, sostenida en una historia de empresa tradicional familiar con información engañosa, que permitió al Grupo Vicentin tomar crédito en dólares estadounidenses de las instituciones financieras (nacionales e internacionales) por sumas y volúmenes escandalosamente superiores a las que podía endeudarse con la debida diligencia de un buen “hombre de negocios” (tomar crédito barato en moneda dura y desviar los fondos a inversiones ajenas a la actividad principal). Cualquier simil con la política de endeudamiento de la Argentina en los años previos, es pura casualidad.

En paralelo, miramos sin inmutarnos cómo fue adquiriendo activos (empresas) con estos fondos, para luego –como si fuera poco- organizarlos en una telaraña societaria internacional, y mediante mecanismo de oscura legalidad, escabullirlos del patrimonio común de los acreedores del concurso de Vicentin S.A.I.C., denominándolos con el “sofisticado” nombre “protector” de “Family Group”. 

Como dato premonitorio, se había procedido a la apertura del concurso sin siquiera cumplir con el requisito más importante que pide la ley concursal a todo buen comerciante que quiera acogerse a este beneficio, acompañar el último balance (art. 11, inc. 4°, ley 24.522).

Esto no les gusta a los autoritarios
El ejercicio del periodismo profesional y crítico es un pilar fundamental de la democracia. Por eso molesta a quienes creen ser los dueños de la verdad.
Hoy más que nunca Suscribite

Ocho meses después, ese balance nos cuenta que pasamos de un patrimonio neto de $ 30.542.700,08 en octubre de 2018 a un patrimonio neto negativo de $ 17.502.583.098 en octubre de 2019 (causal de disolución según el artículo 94 inciso 5° ley 19550). Así nomás, en 12 meses dilapidó más de $ 48.000 millones, sin perjuicio de haber declarado ante sus acreedores internacionales un patrimonio (no auditado) al 31/07/2019 de US$ 615 millones. La empresa registró un brusco movimiento en varias variables clave. Por ejemplo, en los bienes de cambio, de insumos y granos, se redujeron de $ 35.315.405.342 al 31 de octubre de 2018 a $ 7.262.322.256 a octubre de 2019.

Sugestivamente, la sociedad concursada generaba pérdidas, duplicaba sus costos y liquidaba su patrimonio, mientras que sus controladas (Vicentin Paraguay, Renova, etc.) se transformaban en rentables. 

En lo que se refiere al irregular trámite del crédito del Banco Nación en favor de la empresa, la memoria del balance explica que a partir del 1 de agosto de 2019 la línea de prefinanciación de exportaciones “comenzó a estar vencida con lo que las operaciones no podían cancelarse y retomarse”. 

Ante esta situación, “el Banco autorizó un mecanismo especial para que las cobranzas de exportación que pasaban por la cuenta no se aplicaran a cancelaciones, se vendieran los dólares y con los pesos obtenidos se pagase a proveedores de materias primas”, lo cual será materia de investigación en la causa penal que impulsa el fiscal federal Pollicita y permitirá deslindar las responsabilidades por el perjuicio patrimonial que sufran los ahorristas del BNA. 

La presentación del balance es la última y tardía noticia de un Concurso que concluyó a fin de agosto con la verificación de créditos: 1.742 presentaciones con reclamos por $ 34.000 millones, US$ 1.340 millones y 39.000 euros. La deuda es más de un 20% superior a la estimada. 

La moraleja de esta historia es que el despojo de Vicentin S.A.I.C. en perjuicio de acreedores por una suma que ronda los US$ 1.500 millones, nos pone en la antesala de un nuevo desafío para evitar futuras maniobras de vaciamiento y nos indica que, a casi 50 años del histórico fallo Swift-Deltec, la iniciativa de intervención de la empresa impulsado primero por el PEN y luego por la Inspección de Personas Jurídicas de Santa Fe, cuyo incidente se encuentra sin resolución, hubieran contribuido a acelerar los tiempos de la defensa de los intereses de la producción nacional evitando que los manifiestos responsables del despojo coronaran su obra maestra, descorriendo nuevamente el velo de la personalidad de este “pulpo” societario. 

La defensa de la propiedad privada no puede proteger el “paga Dios” de los inescrupulosos. Se debe resolver el vacío legal que obliga a recurrir a la justicia penal para cubrir las lagunas de la actual legislación concursal, consolidando los entramados societarios internacionales según el régimen de las normas contables vigentes y con carácter previo al inicio del proceso concursal.

*Abogado, contador, economista y director del Banco de la Nación Argentina.