Cada tanto, los argentinos nos enteramos por los diarios de algún caso de corrupción que afecta a la administración de nuestro país pero que no se investiga precisamente en la Argentina, sino en el exterior, como está ocurriendo hoy con el caso Siemens. Estas son algunas de las ventajas de la globalización.
Podrá decirse que, con la globalización, se internacionalizó también la corrupción, pero eso no es cierto. La corrupción estuvo globalizada desde siempre. Las empresas extranjeras nunca necesitaron de la actual movilidad de capitales para otorgar un soborno. Al contrario, podían hacerlo con mejores resguardos cuando cada filial gozaba de mayor autonomía, a causa de su relativo aislamiento.
En cambio, gracias a la globalización, aparecieron nuevas figuras en el orden jurídico mundial, a fin de establecer reglas de juego entre los principales actores del mercado.
En 1977, tras el caso Watergate, una investigación del Congreso de los Estados Unidos reveló que casi cuatrocientas empresas norteamericanas reconocieron haber otorgado sobornos para obtener o conservar un contrato en el exterior.
La opinión pública de los Estados Unidos se escandalizó y Carter –entonces presidente– impulsó la sanción por el Congreso de la, ahora famosa, Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, su siglas en inglés).
Durante un almuerzo con Jimmy Carter en Buenos Aires, le pregunté si había recibido muchas presiones o quejas de las empresas estadounidenses, debido a la desventaja en la que esa ley las situaba frente a sus competidoras europeas. Me respondió que las protestas fueron muchas y bien intensas, pero que ellos habían decidido “allanar el terreno”; procurar que los demás países se hicieran más decentes y no volver a la corrupción para competir.
Pasaron veinte años hasta que los Estados Unidos consiguieron que sus competidores del viejo mundo se comprometieran a sancionar una legislación similar. En 1996, lo hicieron los países del continente, con la Convención Interamericana contra la Corrupción; pero esto todavía no tenía mucha importancia, porque los principales exportadores estaban en Europa.
Un año después, prácticamente todos los países de Europa, más Japón, Canadá y otros, incluyendo la Argentina, firmaron la Convención de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) contra el soborno transnacional.
Hasta ese momento, Alemania no sólo no tenía penalizado el soborno a funcionarios extranjeros, sino que permitía desgravarlo de los impuestos. Hoy, Alemania tiene una legislación similar a la de los Estados Unidos, que incluye penas de multa y prisión de hasta cinco años para los dueños o empleados de las empresas que ofrezcan u otorguen un soborno a funcionarios de otro país para obtener o conservar un negocio.
El caso Siemens está siendo investigado en Alemania y en los Estados Unidos. En Alemania, por la localización de la casa matriz de la corporación y, en los Estados Unidos, porque Siemens cotiza en la bolsa de ese país, emite títulos, y eso la pone bajo los alcances de la temible FCPA.
Tal vez, alguien se pregunte porqué era necesario que se previeran penas a los empresarios por el cohecho a funcionarios de otros países, cuando podría esperarse la sanción que aplicaran los jueces de la jurisdicción de esos funcionarios. Pero, precisamente, y aunque nadie lo haya dicho jamás por diplomacia, esas sanciones se establecieron a causa de la desconfianza que existe en la justicia de los Estados a los que pertenecen los funcionarios sobornados.
No se trata de gobiernos extranjeros protegiendo nuestra integridad. Son los grandes actores del comercio mundial que están protegiendo el fair play, un bien que pertenece a todos y sin el cual el capitalismo no funciona.
* Autor del libro: Soborno transnacional y corredactor de la Convención Interamericana contra la Corrupción.