Perfil
CóRDOBA
ENTREVISTA A SILVINA RIVILLI

Cuestionan criterios de la Justicia en causas de abuso sexual infantil

La psiquiatra criticó que magistrados y peritos descrean del relato de víctimas y las sometan a “19 criterios de credibilidad”.

2020_07_12_silvinarivilli_cedocperfil
SILVINA RIVILLI. “Solo un niño traumatizado puede reproducir eso cuando el estrago ha sido vivido en su propio cuerpo”, opina la psiquiatra que interviene en varios expedientes y cuestionó que no se crea a los niños. | Cedoc Perfil

El miércoles último un grupo de madres se manifestó frente a la Senaf denunciando que en la Justicia de Córdoba se sigue aplicando el falso síndrome de alienación parental (SAP) en casos de abuso sexual infantil, que supone que los niños fabulan o son fácilmente influenciables por los adultos que los incitan a sostener la denuncia.

Según el último informe estadístico del Ministerio Público Fiscal de Córdoba, en 2018 de un total de 2.471 sumarios abiertos en nuestra ciudad por abuso sexual y violación, en 567 las víctimas fueron niños y niñas de entre 5 y 12 años.

El mismo año, según el informe del Poder Judicial sobre causas elevadas a juicio, 95 expedientes por abuso sexual llegaron a las Cámaras del Crimen para juicio por parte de las dos fiscalías de Instrucción de Delitos contra la Integridad Sexual que conducen Alicia Chirino e Ingrid Vago.

La médica psiquiatra que asiste a niños, niñas y progenitores en algunos de esos casos, Silvina Rivilli, fue muy crítica con el criterio con que trabajan las fiscales y peritos: “No es habitual encontrar el SAP nombrado como tal en los informes periciales o escritos judiciales. Sí el sustento ideológico de este falso síndrome basado en que los progenitores pueden sugestionar al hijo. De ahí viene el llamado lavado de cerebro”.

¿En Córdoba se adopta esta línea? 

—No se utiliza el argumento del creador, Richard Gardner, sino autores como Elizabeth Loftus. Se basan en la psicología del testimonio en el que al discurso de un niño o niña le aplican 19 criterios de credibilidad, para ver si es verosímil lo que está diciendo. Lo vemos de manera cotidiana como un plan sistemático ideológico en el Poder Judicial de Córdoba, fundamentalmente cuando hay denuncia de abuso sexual infantil. Parten del principio de que una denuncia es falsa. La falsedad recae, generalmente, sobre la madre. Siguen sosteniendo que los menores son sugestionables. Es imposible pensar que un niño puede reproducir conductas sexualizadas porque las vio en televisión o porque la madre estuvo horas hablándole cómo tiene que mover el cuerpo. Solo un niño traumatizado puede reproducir eso cuando el estrago ha sido vivido en su propio cuerpo.

—¿Tiene un ejemplo para aportar?

—En un caso reciente de un jardín municipal, la pericia dice que la niña relata lo que ocurría en la sala, lo que hacían las docentes pero que el discurso es muy rígido, que no da circunstancia de lugar ni tiempo. Se mide lo que la víctima dice desconociendo la estructura del trauma y la estructura del niño. Cuando un niño es sometido a una situación traumática, desde el punto de vista clínico, psicológico, psiquiátrico, los terapeutas trabajamos para que pueda reprimir eso porque es un sujeto que está estructurándose.

—¿Quién aplica esos criterios?

—Son aplicados sistemáticamente por el Equipo Técnico de Intervención en Víctimas Delitos Contra la Integridad Sexual (Etiv). Todo el tiempo se desconfía de la víctima. En estos informes los funcionarios judiciales deslindan su responsabilidad. Hay videos en los que la fiscal Alicia Chirino y la licenciada Laura Beltramino (experito psicóloga oficial) hablan de estas cosas. No lo digo yo. Ellas lo dicen. Que Beltramino se haya jubilado no la exime de todas las causas que fueron cerradas por pericias que ella firmó. Hay dos casos en Río Cuarto, sin conexión entre sí, uno ocurrió en un club y otro en una escuela. El año pasado se condenó al abusador a pesar de las pericias de la licenciada Beltramino, después de 10 años. Ahora, ¿quién se hace cargo de esos 10 años de daño?

—¿Qué efecto hay en las madres que denuncian?

—Muchas terminan denunciadas. Conozco un caso en que han sido multadas con $500 mil por no entregar el hijo a un abusador con un proceso penal en curso.

—¿De quién depende modificar esto?

—Corresponde que el TSJ ponga orden y revise el área de Servicios Judiciales. Conozco una causa por abuso infantil que fue archivada por la fiscal, el juez de Control, con un informe del Hospital de Niños que constataba lesiones anales y daba como probable abuso sexual. El niño pudo decirme cómo fue el abuso intrafamiliar, reunía todos los criterios… Dos veces lo archivaron hasta que la Cámara de Acusación ordenó seguir investigando. En Córdoba, estamos tres o cuatro años para lograr una imputación.

—¿Ud intervino también en denuncias contra instituciones?

—Tengo contacto con casos de un jardín maternal de ruta 20 y del municipal de Villa Corina. No voy a violar el secreto profesional. Sí he tenido acceso a una pericia que es aberrante. No solamente la niña (de 5 años) relata los hechos y se le aplican estos criterios sino que, por la edad, le niegan acceso a la Cámara Gesell.

—Los funcionarios desaconsejan la Cámara Gesell cuando son pequeños…

—Eso es una falacia. Servicios Judiciales tendría que dar explicaciones de estas cosas. Y el TSJ debería responder por esos profesionales. Tendrían que dar cuenta de por qué archivan tal cantidad de casos. No existe la posibilidad de que haya tantas madres fabuladoras. Como si fuera una histeria colectiva, una asociación ilícita para perjudicar a alguien. Eso sí es delirante.

PERFIL. Silvina Rivilli es médica Psicoanalista, directora de Acto Analítico red de prestadores de salud mental, directora de los congresos de Salud Mental y DDHH de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, perito psiquiatra del Ministerio Público Fiscal de la Nación, integrante de Capítulo de DDHH de la Asociación de Psiquiatras Argentinos. 

2020_07_12_protesta_cedocperfil
PROTESTA. Un grupo de madres cuidadoras de víctimas de abuso sexual infantil en tres instituciones educativas de Córdoba (Jardín Juan Gaviota, Jardín Municipal La Casita del Hornero y Collegium), presentaron el miércoles una denuncia a las autoridades de Senaf.

CLAUDIO MAZUQUI: "EL TESTIMONIO DE LA VICTIMA ES DIRIMENTE"

PERFIL CÓRDOBA consultó al juez de Control, Niñez, Juventud, Penal Juvenil y Violencia Familiar de Huinca Renancó sobre el tema. Mazuqui relató que, en los últimos 10 años, le tocó intervenir en más de 80 casos en los que, en la gran mayoría, las víctimas eran menores de edad.

“Esta es la postura que he tomado en distintos expedientes: frente a delitos contra la integridad sexual, el testimonio de la víctima aparece como la prueba dirimente”, relató. “Esta clase de hechos suele cometerse en ámbitos de intimidad, ajenos a las miradas de terceros. En consecuencia, los elementos de juicio que corroboran el relato de las víctimas constituyen, en su mayoría, prueba indirecta”, sostuvo el magistrado.

Y citó para sostener esa postura jurisprudencia del TSJ en diferentes casos. Reconoció que, si bien las víctimas son sometidas a pericias psicológicas para determinar su tendencia a fabular o pueden brindar una narración escasa, igualmente ese relato puede ser creíble.

2020_07_12_abuso_cedocperfil
ABUSO SEXUAL INFANTIL

“Hoy se le da a dicho testimonio un valor que antes no tenía –sostuvo-, siendo la víctima la que imprime en su narración la connotación sexual. En los casos de delitos contra la integridad sexual, la víctima lo único que tiene para demostrar lo que denuncia, es su cuerpo y su palabra”.

En un expediente donde tuvo que resolver, se incorporó un extenso informe psicológico practicado por una perito oficial del equipo técnico. En esas conclusiones se infería “tendencia fabulatoria-confabulatoria por parte de la víctima”.

La perito de parte que practicó terapia a la víctima por el abuso denunciado, informó sus dificultades para entablar un vínculo terapéutico hasta que la niña logró admitir que había sufrido abuso sexual por parte de su padrastro.

El juez Mazuqui analizó ambas posiciones y, considerando las manifestaciones de la menor, observó que “existiría comprensión del acto sexual y entendimiento de lo que sería la comisión del abuso padecido”.