Mientras se comienza a debatir cuál debería ser el tono de una reforma tributaria y la continuidad de algunos impuestos que hoy impactan en la producción, surgen nuevos datos sobre el perfil de los costos que soportan los cordobeses. En ese sentido, de un informe del Ieral de la Fundación Mediterránea se desprende que en la provincia de Córdoba se paga una de las naftas más caras de todo el país. Puntualmente, en un “ranking de precios por provincia”, Córdoba está segunda, sólo superada por los precios que se pagan en Chaco y los valores que se encuentran en este territorio están por encima del promedio nacional y del promedio de la región pampeana.
El trabajo usó datos provistos por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación y para elaborar la comparación se consideró en todos los casos los precios de YPF, se tomó como referencia la capital de cada provincia y se analizaron las nafta súper, Premium, GNC y Gas-oíl. Así, se destaca que la nafta Premium en Córdoba es la segunda más cara de todo el país con $24,2 (la supera Chaco con $24,8), está por encima del promedio nacional de $21,5 y el de la región pampeana: $21,9. Es ese panorama se desprende la comparación con la provincia de Buenos Aires ($22,8) y con la vecina provincia de Santa Fe ($22,2). Como dato curioso, en la misma región, en una provincia limítrofe como La Pampa el litro de nafta Premium se paga $18,3.
La súper, súper cara. Para el caso de las naftas súper el panorama es calcado al de las Premium. Después de Chaco, donde el litro de ese tipo de combustible se paga $22,7, Córdoba se queda con el segundo puesto entre las provincias más caras. Aquí la súper se paga $22,1 cuando el promedio nacional es de $19,4 y el de la región pampeana es de $19.8. La misma nafta se paga $20 en Buenos Aires, $20,4 en Santa Fe y $16,8 en La Pampa. “La disparidad es un poco menor si uno analiza los precios sin impuestos. En Córdoba el costo impositivo encarece mucho el combustible respecto de las otras provincias. Se dejó de cobrar la Tasa Vial pero cuando se eliminó se creó un fondo impositivo para la infraestructura que grava sobre Ingresos Brutos, entonces el costo del combustible sigue siendo alto aún sin la Tasa Vial. Tenemos el ejemplo de una estación de servicio de la ciudad de Córdoba cuyo precio de la nafta Premium, sin impuesto, es de menos de $15 y el precio final está por encima de la $23”, explicó Vanesa Toselli, economista del Ieral y una de las autoras del informe.
La incidencia de Ingresos Brutos. Desde la Federación de Expendedores de Combustibles del Centro de la República (Fecac) también abonan la tesis de la fuerte incidencia de los impuestos sobre de las naftas y que convierte a Córdoba en una de las provincias más caras para comprar combustible. Gabriel Bornoroni, prosecretario de la entidad señala: “El costo en Córdoba se encarece porque acá tenemos un Ingreso Bruto más caro que el resto de las provincias. En Buenos Aires salen $2 más baratos todos los productos, la moneda que descuentan en Buenos Aires la pagamos todos los pueblerinos. YPF, que es la que marca la tendencia, allá tiene los precios más baratos. No tiene sentido eso porque en MonteCristo tenemos una planta de YPF así que no es que el transporte lo encarece, lo tenemos a 30 minutos de camión”. En la misma línea Bornoroni recuerda que el año pasado el Centro de Transferencia Administración Financiera y Tributaria de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Córdoba analizó la incidencia de Ingresos Brutos de la Provincia, la estructura de alícuotas, la base imponible y los fondos provinciales y nacionales que terminan impactando sobre el valor de las naftas. De ese informe se desprende que “la incidencia real del impuesto sobre los Ingresos Brutos con los fondos creados desde 2012 asciende a una alícuota minorista de 3,818%”.
Sale la Tasa, entra el Fondo. “En diciembre de 2015 sacaron la Tasa Vial pero nos agregaron un Fondo de Financiamiento de Obras que va a Ingresos Brutos y obviamente termina impactando en los precios. La carga impositiva del sector es lo principal, la ganancia es accesoria. Se lleva el mismo porcentaje la Provincia por Ingresos Brutos de lo que se lleva el estacionero. Tenemos una ganancia de bolsillo de 3,5% y acá para los mayoristas Ingresos Brutos es de 2% y para los minoristas es de 3,25% pero como crearon fondos que van adentro de Ingresos Brutos ese impuesto queda en 3,818%, por encima del límite legal nacional que es de 3,5%, es inconstitucional”, afirma Bornoroni.
Este año la Fecac volvió a plantear el tema ante la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Finanzas de la Provincia. “La carga impositiva sobre las naftas orilla el 45%. En la Secretaría se comprometieron a analizarlo y nos atendieron bien, pero con eso no alcanza. Hay estaciones que están al borde del quiebre”, planteó.
La posición de la Provincia por Ingresos Brutos. Uno de los aspectos medulares que marcan los estacioneros al hablar del precio de las naftas en Córdoba es la incidencia de Ingresos Brutos, puntualmente en relación a su composición ya que dicen que llega al 3,818% por el impacto de fondos para obras que elevan su alícuota a la que señalan como inconstitucional. Consultados por PERFIL CORDOBA, desde la Secretaria de Ingresos Públicos de la Provincia señalaron: “La alícuota minorista en Ingresos Brutos para la comercialización de combustible en función de lo previsto por la ley impositiva 10.412 es del 3,25%. Rechazamos la afirmación de que la alícuota minorista en Ingresos Brutos sea del 3,818%”.
En esa línea, desde la Secretaría afirmaron no compartir el carácter de inconstitucionalidad que denuncia la Fecac “porque la estructura de alícuotas definida por la ley impositiva en el impuesto sobre los Ingresos Brutos hace que la tasa global no supere el 3,50%. El Centro de Transferencia incurre en una consideración o apreciación equivocada de incluir dentro del concepto del impuesto sobre los Ingresos Brutos a recursos parafiscales que tienen una naturaleza jurídica distinta, al referido gravamen. Tales recursos se recaudan con el impuesto sobre los Ingresos Brutos pero dicha situación, de carácter meramente administrativa, no implica que éstos formen parte de su estructura jurídica y, en tal sentido, hagan variar la alícuota de Ingresos Brutos definida por la ley impositiva. La ley impositiva de la provincia de Córdoba no está en pugna con la ley nacional 23966”.