En el Tribunal Oral Federal 2 (TOF2) de Córdoba se desarrolla un debate jurídico de envergadura: si se configura el delito de trata laboral y reducción a la servidumbre en la organización sectaria llamada “Dimensión Cielo”, liderada por el pastor Elías Argüello.
El fiscal general Carlos Gonella anticipó que sostendrá la acusación, ya que está convencido de que se trata de una de las nuevas formas de sometimiento. La fiscal instructora María Schianni las llamó “cadenas invisibles” en su requerimiento de elevación a juicio, como prácticas de cooptación psicológica tanto o más efectivas que las limitaciones físicas, aplicadas en el concepto tradicional de trata. En las antípodas está el defensor Eduardo Gómez Caminos. “No hubo coacción, es un grupo evangélico, una comunidad de hecho”, dijo.
Quienes dirimirán el debate jurídico son los jueces del tribunal, presidido por Enrique Lilljedahl e integrado por Noel Costa y José Fabián Asís.
Uno de los desafíos para la fiscalía es probar que existió trata de personas, aunque cinco víctimas —así definidas por la acusación— no se reconocen como tales. Así lo hicieron saber el primer día del juicio cuando declararon. Mencionaron una vida “en comunidad” elegida libremente.
Luego declaró otra presunta víctima que sin rodeos dijo: “Me tenían captada”. Detalló su trabajo en los emprendimientos de la comunidad. Dijo que todo el dinero iba a un “fondo común”, que tenían estrictas normas de convivencia y obediencia, que no podían tener amigos fuera del grupo y tampoco guardar secretos. Admitió que sintió miedo y que no tenía la posibilidad económica de salir porque todo lo que recaudaba con las ventas lo entregaba a los responsables de la organización.

Qué se juzga
La causa trata de una presunta y compleja red de trata de personas con fines de explotación laboral, donde el líder se presentaba como un “enviado de Dios” para captar y esclavizar a sus seguidores bajo un régimen de sometimiento psicológico y material, según la acusación.
El principal imputado es Elías Daniel Argüello Soria, líder de la secta, quien junto a su esposa, Daiana Felisa Herrera (autoproclamada “La Profeta”), dirigía la organización. El grupo operaba en Córdoba y San Francisco a través de diversos emprendimientos: la panificadora ‘Barritas y más’, el local de comidas ‘Costumbres Light’ y la inmobiliaria ‘Ciudad’.
Junto al matrimonio, también están imputados Ricardo Matías Mercado (alias “Eliseo”), encargado de la inmobiliaria; Maximiliano David Mercado (alias “Benjamín”), abocado al negocio de panificación, y Marcos Matías Burini (alias “Mateo”), sindicado como partícipe necesario encargado de supervisar y controlar el trabajo diario de las presuntas víctimas.
La calificación legal aplicada es la de trata de personas con fines de explotación laboral (reducción a la servidumbre), agravada por el uso de engaño, el abuso de la vulnerabilidad, la pluralidad de autores y víctimas y por el rol de Argüello como ministro de un culto no reconocido.
Qué pasa con las víctimas que dicen no serlo
La semana pasada declararon dos psicólogas del equipo de Rescate del Polo de la Mujer y de Acompañamiento a las Víctimas del Ministerio Público Fiscal de la Nación. Ambas explicaron el mecanismo para captar la subjetividad de las personas, una nueva modalidad de “coacción psicológica”. También, cuáles son los perfiles de los líderes y el proceso de “despersonalización” y desvinculación de sus entornos familiares cercanos. Ambas sostuvieron que observaron este fenómeno en el caso bajo análisis.
La exposición explica por qué algunas mujeres no se reconocen como damnificadas.
Hubo otro testimonio que abonó la hipótesis acusatoria; el de un familiar de una de las mujeres que relató cómo vio que la captaban. Como parte de un ritual de obediencia, les cortaban el pelo, les cambiaban el nombre por personajes bíblicos, bajo la premisa de que su identidad anterior debía “morir” para servir a Dios a través de Elías. Trabajaban 14 horas diarias sin salario, aún enfermas y durmiendo en condiciones de hacinamiento.
El fiscal Gonella consideró, además, “muy grave la existencia de menores de edad”. Una de las mujeres contó que quiso irse de la organización cuando su hija terminó la primaria. Con 12 años, Argüello pretendía hacerla trabajar.
El juicio continuará el próximo martes con los últimos testimonios y el miércoles se expondrán los alegatos.

Casos emblemáticos de grupos religiosos y explotación
Un relevamiento sobre los casos más relevantes de los últimos años permite observar la existencia del fenómeno en Argentina.
Escuela de Yoga de Buenos Aires (EYBA). Tras los allanamientos de 2022, la Cámara Federal confirmó la causa y la elevó a juicio oral. Los cargos incluyen trata de personas con fines de reducción a la servidumbre, lavado de activos y asociación ilícita.
Ashram Shambalá (secta rusa). En mayo de 2025 fue capturado en Bariloche Konstantin Rudnev, líder de la secta rusa Ashram Shambalá, junto a otros 13 miembros. Se los acusa de conformar una organización coercitiva dedicada a trata de personas, narcotráfico, abuso sexual, lavado de activos y manipulación psicológica.
Opus Dei. En octubre de 2024, la justicia federal imputó a cuatro sacerdotes por reducir a la servidumbre a 43 mujeres, captadas cuando eran adolescentes de entre 12 y 16 años, obligándolas durante años a trabajar sin salario.
Templo de Filadelfia. Tenía una sede central en San Justo y filiales en varias provincias, y también en Paraguay y Brasil. La organización aplicaba persuasión coercitiva de carácter religioso: culto rígido, liderazgo incuestionable y ruptura de vínculos externos. Las víctimas eran captadas con promesas espirituales y sometidas a trabajos forzados sin remuneración. El debate oral comenzó el 23 de octubre de 2024 y todavía está en curso.
Templo Abba Krishna. En 2021, la Policía descubrió una organización coercitiva que, bajo la fachada de un espacio espiritual, con el tiempo reducía a las víctimas a la servidumbre y las sometía a abuso sexual.
Fundación Seshen / ‘Sanadores Egipcios’. Con epicentro en Villa Cura Brochero y conexiones en la ciudad de Córdoba. Se investiga la posible reducción a la servidumbre y el abuso sexual bajo el pretexto de transmitir “técnicas de sanación egipcias” a los “alumnos”, a quienes aislaron y despojaron de sus identidades y sus bienes materiales.