ECONOMIA
"Emergencia energética"

Diputados: el oficialismo presenta un proyecto para limitar aumentos de tarifas

José Luis Gioja envió la iniciativa al Congreso en medio de un retraso con respecto a las metas presupuestarias y una interna por los precios de los servicios públicos.

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José Luis Gioja | Twitter - Facebook

El diputado nacional por el Frente de Todos José Luis Gioja presentó un proyecto de ley que limita los incrementos de tarifas de servicios públicos para usuarios residenciales y pymes, al tiempo que declara la "emergencia energética" hasta el 31 de diciembre de 2022. La presentación del legislador se da en medio de una interna dentro del oficialismo entre las posturas de mantenimiento de subsidios a los servicios públicos y la actualización de tarifas por el atraso presupuestario.

El presidente Alberto Fernández había anunciado, hace cerca de diez días, que el Gobierno "trabaja en un proyecto de ley para declarar la emergencia energética hasta que podamos segmentar a los consumidores" para el pago de las tarifas e insistió en que no quiere "sumarle más problemas a la gente", por lo que manifestó: "Quiero que se termine la disyuntiva de pagar los remedios o la luz".

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En esa línea se enmarca la iniciativa del sanjuanino Gioja al plantear la creación de un "Régimen general de tarifas de servicios públicos de competencia nacional", que deberán ser "justas, razonables y transparentes", y establece como criterio que en ningún caso los aumentos podrán ir por encima que lo que marque el índice que mide la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria correspondiente.

A un año del inicio de la pandemia, durante la cual se decretó un congelamiento de tarifas, los servicios públicos mantienen sus precios desde el primer trimestre de 2019. Desde el Gobierno, el presidente insiste en el congelamiento, mientras el ministerio de Economía plantea frenar la escalada de subsidios.

Emergencia energética

Del proyecto presentado por José Luis Gioja, que pretende crear un régimen general de tarifas de servicios públicos de competencia nacional, quedan exceptuados los usuarios del servicio de gas doméstico de la categoría 3.4 o superiores y los de electricidad de la categoría 7 o superiores.

Por otra parte, las tarifas de servicios públicos para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), las cooperativas de trabajo de fábricas o empresas recuperadas que se encuentren inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES) no podrán incrementarse en una proporción mayor al valor que fije el Índice de Precios Internos al Mayor (IPIM) acumulado desde la fecha de la última modificación o revisión tarifaria.

Alberto Fernández: "Quiero que se termine la disyuntiva de pagar los remedios o la luz"

Asimismo, el proyecto instituye el "Régimen de Equidad Tarifaria Federal", que busca "evitar desproporciones y asimetrías en la aplicación de tarifas y de costos de jurisdicción nacional, que impactan negativamente en el desarrollo de regiones del país o en la calidad de vida de las personas que en ellas habitan".

La iniciativa de Gioja prevé la creación del "Régimen nacional y universal de beneficiarios de la tarifa social", que implica la conformación de un cuadro tarifario diferencial para jubilados, pensionados, beneficiarios de la prestación por desempleo, y monotributistas de las categorías más bajas, entre otros beneficiarios.

De acuerdo al texto, las tarifas de servicios públicos "se fijarán o modificarán con participación previa y no vinculante de asociaciones de usuarios y consumidores, del Defensor del Pueblo de la Nación y de organismos de control".

El dictado de la "emergencia energética" hasta el 31 de diciembre de 2022 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a renegociar los contratos y licencias de prestación de los servicios públicos.

Por último, contempla la instauración de un "plan de sustentabilidad de los regímenes de servicios de gas y electricidad", que consistirá en una remisión directa de recursos para atender diferencias entre cargos de generación y/o transporte con servicios de distribución, y en la posibilidad de pagar diferencias a generadores y transportistas mediante títulos públicos.

 

CI/FF