El Banco Central profundizó el cepo cambiario esta tarde y decidió establecer en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras como adelantos en efectivo a tarjetas en el exterior.
No obstante, vale aclarar que no hay estipulado un límite para la cantidad de operaciones que se pueden registrar. Es decir, que se podrá retirar todas las veces que lo requiera pero siempre de a operaciones de 50 dólares.
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Además, mediante la comunicación "A" 6823, la autoridad monetaria determinó también que bancos y emisoras de tarjetas locales "deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del primero de noviembre inclusive".
Se trata de una norma que regirá para operaciones vinculadas con la participación en juegos de azar y apuestas, la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior, operaciones cambiarias en el exterior y la adquisición de criptomonedas.
Tras la derrota electoral del Gobierno, el Banco Central ya había decidido limitar a US$ 200 por persona la compra de divisas en forma mensual con el propósito de frenar la brusca salida de reservas.
La resolución completa:
J.D. /MC