ECONOMIA
Requisitos

¿Es posible jubilarse sin aportes? Moratorias vigentes y nuevo reconocimiento para madres

A partir de agosto se lanza el Programa de Reconocimiento integral de Períodos de Aportes por Tareas de Cuidado que permitirá jubilarse a miles de mujeres. Junto a la moratoria actual permitirá llegar a los 30 años de aportes requeridos para obtener el beneficio.

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jubiladas | TELAM

Los requisitos básicos para jubilarse, en términos generales, para cualquier argentino según el régimen previsional público (ANSES), es de 60 años de edad (para las mujeres), 65 años para los hombres y 30 años de servicios con aportes.

Ahora bien, no son pocos los casos que no se llega a completar la cantidad de años de servicios con aportes, aún llegando a la edad jubilatoria. Por eso, se han implementado ya hace unos años las moratorias previsionales, en muchos casos mal llamadas “jubilación de ama de casa” que hoy se encuentran vigentes y contribuyen a que una gran parte del universo de los adultos mayores pueda acceder a su jubilación.

Las moratorias vigentes y aplicables al día de la fecha son dos:

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* la ley 24.476 que permite “comprar” años de servicios hasta el mes de septiembre de 1993 y

* la ley 26.970 que permite hacer lo mismo hasta el mes de diciembre de 2003.

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En ambos casos, además, se debe superar el examen socio económico que ANSES realiza (valuaciones bienes muebles registrables, inmuebles, ingresos etc.).

Vale aclarar que las moratorias se inician desde los 18 años de edad de la persona o desde la fecha de radicación en el país si es extranjero y desde allí en adelante se puede aplicar cualquiera de las dos leyes vigentes.

 

Qué pasa con las trabajadores de casas particulares

 

En el caso del personal de casas particulares, el beneficiario además de cumplir con estos requisitos y presentar la liquidación de deuda con la petición del beneficio, deberá verificar la coincidencia con los recibos de haberes de los horarios declarados y en caso de faltantes de aportes a cargo del empleador podrán completarse abonándose los mismo, acreditándose el periodo laborado con testigos.

Por ello, los trabajadores autónomos o en relación de dependencia que reúnan los requisitos de edad para una jubilación o pensión por fallecimiento de un trabajador, pero no tengan los años de servicios con aportes, podrán hacerlo a través de la adhesión a una moratoria, que les permita completar los años de aportes faltantes. Pudiéndose realizar ambos trámites en la oficina de ANSES al momento de tramitar la prestación.

 

Cómo es el nuevo beneficio para madres

 

Recientemente, se anunció un nuevo beneficio para mujeres que tengan la edad requerida para jubilarse, pero no cuenten con los años de aportes necesarios y tengan hijas y/o hijos.

En el caso particular de las mujeres, a través del Decreto 475/2021 publicado en el Boletín Oficial, se oficializo la implementación del Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que les permite acceder a una jubilación a mujeres que tengan más de 60 años y que sean madres, pero que no cuenten con los 30 años de aportes necesarios.

Podrán acceder a esta medida aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite. Esta importante medida de inclusión es compatible y complementaria con las dos moratorias vigentes.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:

  • 1 año de aportes por hija/o.

  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

  • Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
     
  • También se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
     
  • Los turnos estarán disponibles a partir del 1 de agosto.

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Previo al turno se puede verificar que los vínculos familiares se encuentren actualizados ingresando a mi ANSES con tu CUIL y clave de la seguridad social, seleccionando la opción “Información Personal” y luego “Relaciones Familiares”. En caso de no encontrarse actualizados los mismos, se deberá presentar el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de tus hijas/os (previo turno) en la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio. Si tenés hijas e hijos con discapacidad, es necesario que lleves el Certificado de Discapacidad (CUD) o en el caso de hijas e hijos son adoptados, la sentencia de adopción.

 

¿Me puedo jubilar sin aportes suficientes? La PUAM

 

En el supuesto que no pueda acceder a los beneficios dispuestos por las moratorias vigentes, o bien, por el programa de reconocimiento de tareas de cuidado, siempre está la opción de tramitar la conocida como PUAM.

Así, se denomina a la prestación universal para adultos mayores y consiste en el 80% del haber mínimo previsional (hoy $18.451) que se actualiza en forma trimestral conforme la Ley de Movilidad. Las personas que cobran esta pensión cuentan con cobertura de salud y servicios de PAMI, pueden acceder al cobro de asignaciones familiares (por hijo/hijo con discapacidad, por cónyuge y ayuda escolar anual) y a los créditos ANSES vigentes.

 

Requisitos para acceder a la Prestación Universal Adulto Mayor

 

* Tener 65 años de edad,

* residencia en argentina (los extranjeros deberán demostrar como mínimo una residencia de 20 años de antigüedad en el país) 

El trámite se realiza con clave de la seguridad social desde MI ANSES y en Atención Virtual eligiendo la opción Inicio jubilación/PUAM podes iniciar tu trámite.

* T. Bezares es abogada laboralista y A. Samana es abogado previsional.

LR