ECONOMIA
En Nueva York

Juicio por YPF: los abogados argentinos culminaron su descargo y pidieron suspender el fallo de Preska

Argentina pidió suspender la orden de traspaso del 51 % de acciones YPF a los beneficiarios del fallo de la jueza Loretta Preska, por riesgo de daño irreparable. Qué se puede esperar de la corte de Apelaciones según el especialista en el tema, Sebastián Maril.

20250723 Loretta Preska
Loretta Preska | Law.com

Argentina solicitó este miércoles 23 de julio ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito en Nueva York la suspensión de la orden de la jueza Loretta Preska, que exige el traspaso del 51 % de las acciones de YPF como pago parcial de una condena millonaria de más de 16.000 millones de dólares

De acuerdo a Sebastián Maril, CEO de Latam Advisors que sigue de cerca el tema, el Gobierno argentino argumentó que permitir la ejecución inmediata causaría un “daño irreparable” y complicaría el proceso de apelación que busca preservar la soberanía energética nacional y evitar un colapso en los planes de desarrollo económico basados en el gigante energético estatal.

X Sebastían Maril 23072025

Argentina sostiene que la jueza Preska "resolvió una cuestión jurídica en contra del criterio del Gobierno de los Estados Unidos y de todos los demás tribunales que han tratado este mismo tema", defendiendo la prioridad del derecho soberano y la inmunidad del Estado.

Esta postura fue apoyada por una presentación formal del Departamento de Justicia de EE. UU., que advirtió que forzar la entrega podría generar consecuencias delicadas en materia de relaciones exteriores.

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Además, el país aduce que una entrega sin suspensión generaría un daño irreparable, ya que revertirla sería prácticamente imposible, y sometería a la Argentina a un conflicto diplomático con consecuencias negativas para las relaciones bilaterales.

También enfatiza que otorgar la suspensión implicaría sólo una demora moderada, especialmente porque el proceso de apelación avanza bajo un cronograma acelerado.

Qué se puede esperar de la corte de apelaciones tras el descargo de los abogados argentinos

El tribunal estableció un calendario para el debate: los primeros pasos consistieron en que los demandantes tenían que presentar su oposición a la suspensión antes del 17 de julio, y Argentina contestar el miércoles 23.

Ahora, los jueces decidirán si confirman la medida sin requerir garantías adicionales.

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En la mirada de Sebastián Maril, el efecto sería postergar la ejecución del fallo original hasta que se resuelva el fondo del juicio, lo que daría oxígeno político y legal al país.

En caso contrario, la orden de entrega volvería a estar vigente y se reabriría la puerta a embargos de activos argentinos.

X Sebastían Maril 23072025

Algo de contexto sobre el juicio de YPF

El juicio contra Argentina se originó a partir de la expropiación del 51 % de las acciones de YPF en 2012, cuando el Estado adquirió el control sin ofrecer igualdad de condiciones a los accionistas minoritarios.

En 2023, la jueza Loretta Preska determinó que este proceso violó las normas del estatuto societario y condenó al país a pagar cerca de 16.000 millones de dólares por daños económicos e intereses, que hoy superan incluso los 17.000 millones de dólares.

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En un giro clave del caso, Preska decidió que YPF y el Banco Central actuarían como “alter ego” del Estado argentino y ordenó la entrega de información detallada.

Si Argentina no presenta garantías, los demandantes podrían embargar activos estatales en el extranjero. Así se abrió la puerta a una potencial incautación del 51 % de las acciones como forma de pago.

Sin embargo, los beneficiarios del fallo ya adujeron que no están interesados en las acciones de la compañía. En un documento que presentaron a la Corte de Apelaciones hace unos días manifestaron que no tienen intención de conservar acciones de la compañía si llegaran a recibirlas como parte del cobro, y que buscarán un mecanismo para devolverlas.

Además, solicitaron que la Argentina deposite una garantía financiera como condición para poder avanzar con su apelación, a la que se oponen en caso de que no se cumpla este requisito.

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