ECONOMIA
Boletín Oficial

Qué medidas se implementaron y oficializaron para frenar el "rulo" financiero

La Comisión Nacional de Valores oficializó la decisión de restringir la maniobra bursátil para limitar la especulación con divisas y bonos.

Tras el "rulo-limit", el dólar minorista tuvo una leve suba
El mayorista fue el único dólar que bajó y se ubicó en $ 56,10. El minorista cerró en $ 57,25 y el MEP y CCL subieron 2,4% y 2,5%, respectivamente. | Cedoc Perfil

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó este viernes 13 de septiembre de 2019 la decisión de restringir la maniobra bursátil para obtener una renta en transacciones que incluyen compra y venta de pesos, dólares y títulos públicos.

Lo hizo a través de la Resolución General 808/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, como complemento de restricciones impuestas por el Banco Central para cortar lo que se denomina el "rulo financiero". 

A partir de la resolución, que entró este mismo viernes en vigencia, los agentes del mercado deben chequear que los tenedores de títulos (personas físicas, no empresas) los hayan mantenido en cartera, por el plazo de cinco días hábiles

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Se deberá contar con una declaración jurada que indique que los fondos en dólares quedaron en cartera por cinco días hábiles

Para ello, se deberá contar previamente con una declaración jurada del titular que manifieste que los fondos en dólares no provienen de una operación de Mercado Único Libre de Cambio (MULC) realizada en los últimos cinco días hábiles. Recién después de confirmar ese dato se podrá completar una transacción de venta, determinó la Comisión.

Esa operatoria hasta esta semana se cerraba en el día: una persona compraba dólares, con ellos adquiría un bono (el Bonar 24 era el más usado) y luego lo vendía pero cobraba en pesos. La diferencia de precios entre la cotización del bono en la divisa estadounidense y en la local dejaba una ganancia del 7% en pesos.

Asimismo, las operaciones de compra de valores negociables en dólares (especie D) sólo podrán ser cursadas para ser liquidadas en el plazo de contado de 48 horas, determinó la CNV en su Resolución General.

Los valores negociables acreditados por dicha compra no podrán ser transferidos para cubrir la liquidación de una operación de venta en pesos hasta haber transcurrido cinco días hábiles contados a partir de la acreditación de esos valores.

El Banco Central toma medidas contra el "rulo", la nueva bicicleta financiera

La resolución de la CNV recordó que el BCRA emitió comunicaciones "por las cuales se dispusieron restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados y las transferencias al exterior, así como medidas que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir lo dispuesto, a través de títulos públicos u otros instrumentos".

El Central, en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, "ha detectado operaciones en el mercado de capitales, instrumentadas a través de la compra venta simultánea de valores negociables, tendientes a eludir las restricciones al acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera establecidas en la normativa antes referida", concluyó la Comisión.
 

B.D.N.