ECONOMIA
Desarrollos urbanísticos

Procrear II: Cómo acceder al sorteo del sueño de la casa propia en 16 provincias y CABA

El Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, en esta oportunidad, habilitó la inscripción para sortear 1150 unidades funcionales.

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Procrear 2 | AGENCIA TELAM

El 16 de junio se abrió la inscripción para sortear viviendas Procrear II en Desarrollos Urbanísticos en la Ciudad de Buenos Aires y 16 provincias más.

Así, el Gobierno Nacional impulsa la política habitacional para que más argentinos puedan acceder a la casa propia, a través del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que conduce Jorge Ferraresi.

Los interesados ya pueden inscribirse a través del sitio web oficial del Ministerio haciendo click aquí, en donde además se encuentran los requisitos necesarios que deberán cumplir para poder acceder al sorteo.

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“A través de los Desarrollos Urbanísticos el Estado viene a dar respuesta a una demanda, que es la falta de acceso a créditos hipotecarios para acceder a una vivienda”, señaló Ferraresi sobre el este programa, y apuntó: “Esto no solo le da la oportunidad a miles de argentinos y argentinas de tener su casa propia en el lugar en donde eligieron vivir y desarrollarse, sino que además genera el impulso de toda la industria de la construcción”.

La línea Desarrollos Urbanísticos de Procrear II se enmarca dentro del Programa Federal Casa Propia para brindar a las familias argentinas el acceso a crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas, en uno de los predios donde el Estado Nacional lleva adelante estos emprendimientos inmobiliarios. A través de este programa, además, se atiende a la diversidad de las demandas habitacionales, así como a la particularidad de cada provincia y municipio donde se llevan adelante estas obras.

En qué ciudades está abierta la inscripción para Procrear II

En esta oportunidad, se habilitó la inscripción para sortear 1150 unidades funcionales ubicadas en los predios:

  • Estación Sáenz y Estación Buenos Aires (CABA);
  • San Francisco, Barrio Liceo, Cavanagh, Morrison y Alejandro Roca (Córdoba);
  • Paraná (Entre Ríos);
  • San Martín, Mendoza Capital, Malargue, San Rafael y Maipú (Mendoza),
  • Parque Federal, Sunchales y Rafaela (Santa Fe);
  • Ezeiza, Merlo, Ciudad Evita, Carmen de Patagones, San Miguel, San Nicolás, Bolívar, Canning, Provincia de Buenos Aires

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  • Bahía Blanca, Lomas de Zamora, San Martín, Suipacha, Lincoln y San Antonio de Areco (Buenos Aires);
  • Posadas (Misiones);
  • Santiago del Estero y La Banda (Santiago Del Estero);
  • Río Gallegos (Santa Cruz);
  • Zapala (Neuquén);
  • Bariloche (Río Negro);
  • Corrientes (Corrientes);
  • Puerto Madryn (Chubut);
  • San Luis (San Luis);
  • Yerba Buena (Tucumán);
  • Jujuy (Jujuy); y
  • Huaico (Salta).

Requisitos para inscribirse a Procrear II

  • Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente.
  • Contar con Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.
  • El grupo familiar deberá contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos del grupo familiar en forma mensual netos entre 1 y 8 SMVyM (Salarios Mínimos Vitales y Móviles).
  • Tener entre dieciocho (18) y sesenta y cuatro (64) años de edad al momento de la inscripción.
  • No tener bienes inmuebles registrados a nombre del o la solicitante o cualquier miembro de su grupo familiar, ni como propietarios/as ni como copropietarios/as al momento de iniciar el trámite de Preventa, salvo las excepciones enumeradas en las Bases y Condiciones.
  • No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos nueve (9) meses.
  • Registrar Situación 1-Normal en la consulta de información financiera por CUIL en el BCRA, en los últimos nueve meses.
  • Registrar, como mínimo, 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes).

Los participantes, al momento de completar el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.

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El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados.

  1. Matrimonio.
  2. Unión convivencial.
  3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Todas las notificaciones en el marco de las bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

SR / LR