Cuando se tramita la licencia de conducir, uno de los requisitos es conocer e incorporar las reglas del tránsito, que se evalúan mediante un examen teórico: lo permitido y lo prohibido, los alcances y las limitaciones en la ciudad o en una zona rural. Pero, ¿Se aprende a conciencia este contenido o se circula sin conocer la normativa vial? ¿Se sabe cuáles son las velocidades permitidas para cada tipo de camino?
El Observatorio Vial de CECAITRA, la Cámara que nuclea a empresas productoras de software vial, quiso indagar sobre el nivel de conocimiento vial y realizó un sondeo en más de mil hogares de CABA y el Gran Buen Aires.
En primer lugar, preguntó: “Según la ley de tránsito ¿Cuál es la velocidad máxima en calles urbanas?”; y el 71,4% contestó correctamente que la máxima es de 40 km/h. Para el 11,2% era de 50 km/h; el 9% dijo que era 60 km/h; y el 8,4% contestó que no sabía la respuesta.
En segundo lugar, se consultó “¿Cuál es la velocidad máxima en autopistas?” y solamente 3 de cada 10 (26,2%) contestó de manera correcta que la máxima para este tipo de camino es de 130 km/h. Para el 34,4% se puede circular hasta los 120 km/h; y para el 27.6%, hasta 110 km/h. El 11,8% dijo no saber la respuesta.
La ley nacional de tránsito 24.449 establece, en su artículo 51, las velocidades máximas que deben respetar los vehículos que circulen la vía pública. Estas velocidades máximas deberán ser respetadas, salvo que exista una señalización vial que indique lo contrario. Para las calles de zona urbana es de 40 km/h y para las autopistas, la velocidad máxima permitida es de 130 km/h.
Durante el sondeo también se preguntó: “¿Cuál es la velocidad mínima en autopistas?” y más de la mitad no supo la respuesta correcta. Para el 26% de los consultados es de 50 km/h; para el 9,5% es de 40 km/h y el 17,6% dijo no saber. El 46,9% contestó correctamente que es la mitad del máximo para cada tipo de vía 46,9%.
“Es muy importante que se conozca la normativa vial y que también existe una penalización si no se respetan las velocidades mínimas. Circular por debajo de lo debido es considerado peligroso, por lo que debemos esforzarnos por cumplir las reglas”, señaló el vocero del Observatorio Vial de CECAITRA, Facundo Jaime.
La ley nacional de tránsito establece en su artículo 52 que las velocidades mínimas “en zona urbana y autopistas” serán “la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía” y en “caminos y semiautopistas: 40 km/h, salvo los vehículos que deban portar permisos, y las maquinarias especiales”. También expresa en su artículo 77 que constituye una falta grave “la violación de los límites de velocidad máxima y mínima establecidos en esta ley, con un margen de tolerancia de hasta un diez por ciento (10%)”.
“Además de conocer las velocidades y máximas de cada camino por el que transitamos, es muy importante considerar la distancia que necesitaríamos para un frenado a cero. Si circulamos por una calle urbana a 40 km por hora, el vehículo necesitará aproximadamente 25 metros; y si lo hacemos por una autopista a 130 km/h., el auto requerirá unos 150 metros, con el camino seco. Estas distancias suelen duplicarse con un camino mojado”, finalizó Jaime.