INNOVACION
LA ALTERNATIVA DE LAS SAS

Generar una sociedad con solo un click, el secreto emprendedor

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Todo virtual. Las nuevas empresas requieren menos trámites. | shutterstock

Las sociedades de acciones simplificadas (SAS) son un nuevo tipo de sociedad con importantes ventajas para quienes quieren emprender un nuevo proyecto.
Generadas a través de la Ley 27.349 de Apoyo al Capital Emprendedor (de 2017), las SAS son un nuevo tipo de sociedades que se pueden constituir de manera simple, ágil y electrónica y que se destacan por los beneficios que ofrecen a quienes quieren desarrollar un nuevo negocio.
La inscripción es rápida, y esa es una de sus principales ventajas: puede hacerse en un plazo breve y de manera virtual, lo que elimina el trámite presencial. Solo es necesario completar los distintos datos que pide el sistema y a partir de esa gestión ya se puede generar la nueva sociedad y terminar el trámite con la firma correspondiente en la IGJ o en Personas Jurídicas si se trata de la provincia de Buenos Aires. De esta manera, y en solo 48 horas, el emprendimiento ya estará en marcha y con la ventaja de tener una sociedad funcionando.
El trámite para poder facturar también puede seguirse a distancia y desde cualquier dispositivo. Para eso solo hay que estar atentos al correo electrónico declarado por el administrador designado y sin tener que cumplir con otros requisitos. En el caso de las SAS esa es otra ventaja, porque el sistema envía la autorización inmediata para emitir facturas A en solo 48 horas hábiles y en el mismo correo también informa el número de CUIT y envía la plancheta con el número correlativo de inscripción en IGJ, validando además el domicilio legal declarado y su domicilio electrónico.

Tips. ¿Por qué conviene elegirlas? Porque permiten dedicarse a varias actividades desde la misma sociedad, gracias a su amplio objeto del estatuto modelo, y porque dan la seguridad de una sociedad (limitación de la responsabilidad al capital aportado) pues tienen las características de un emprendimiento unipersonal. Además, porque omiten trámites que para otro tipo de sociedades son obligatorios y resuelven las complicaciones que se daban hasta ahora como la reserva de nombre, la obtención del CUIT y el permiso para facturar.
Finalmente, también porque, a diferencia de otras sociedades, las SAS pueden ser conformadas por un solo socio (que puede ser  administrador) y pueden constituirse con un capital mínimo y un trámite de constitución muy económico.
Los libros societarios y contables exigidos para las SAS son otro punto a destacar: ahora son digitales y reemplazan los libracos pesados que debían estar foliados y rubricados, lo que significa un verdadero ahorro de costos administrativos. Ya existe en el mercado un sistema (Colppy) que permite generar los archivos con el Hash emitido desde el mismo sistema y que evita la manipulación de los archivos PDF que se generan cuando se carga la información en forma virtual. n

*Titular de Consultora LP.

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