INTERNACIONAL
Derechos humanos

La amenaza de Azerbaiyán contra Armenia y el delito de genocidio

Nikol Pachinian, primer Ministro de Armenia, intenta “fijar” las fronteras de su país con Azerbaiyán, “mediante un tratado de paz” a firmar con su homólogo de Bakú, Ilham Aliev. Ofrecería concesiones territoriales que disuadan una invasión azerí

Armenia y Azerbaiyán 20230412
Armenia y Azerbaiyán | Telam

Nikol Pachinian, primer Ministro de Armenia, intenta “fijar” las fronteras de su país con Azerbaiyán, “mediante un tratado de paz” a firmar con su homólogo de Bakú, Ilham Aliev. Ofrecería concesiones territoriales que disuadan una invasión azerí, como sucediera en 2023 en el Alto Karabaj. Armenia acaba de copatrocinar en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra, una resolución actualizando la lucha internacional contra “crimen” de “genocidio”. (1)

En los últimos 3 años, Armenia ha perdido 207 kilómetros cuadrados de su territorio, arrebatados por Azerbaiyán, violando la “Declaración de Alma-Ata, de 1991, reafirmada en 2022”, reconociendo ambos países las fronteras de la extinta Unión Soviética. La criticada “mediación” de Rusia” en el conflicto de Erevan con Azerbaiyán, no frenó la expulsión de los 100 mil habitantes del Alto Karabaj, hoy refugiados en Armenia, más 200 muertos y 400 heridos.

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La persecución contra el pueblo armenio se conoció por el genocidio de 1915, con 1,8 millones de víctimas, abatidas por Turquía, de civilización musulmana, como Azerbaiyán, de una “misma nación”. Ahora, Pachinian teme una “guerra a gran escala”. Preconiza hacer concesiones en torno a las ciudades de Tayouch, Syunik, Vosquepar y Gores. Exhorta a los pobladores a que abandonen territorios presuntamente reclamados por Azerbaiyán, pues será “eso” o “la guerra”. Pero una mayoría de los 2,7 millones de habitantes, no serían favorables, abriendo un debate sobre mapas militares de 1970 a 1985, frente a un adversario de 10 millones de habitantes. 

La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada por la ONU en 1948, enumera “la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”. Incluye ”matanzas, lesiones graves a la integridad física o mental, sometimiento intencional a condiciones de existencia que acarreen su destrucción física total o parcial”, y conductas que impidan “nacimientos de niños o su traslado por la fuerza de un grupo a otro”.

Tomando en cuenta “los genocidios cometidos en la historia reciente, reconocidos como tales por la comunidad internacional”, y sabiendo que las violaciones “masivas, graves y sistemáticas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario pueden conducir a un genocidio”, la resolución estipula que tal delito es “imprescriptible independiente de la fecha en que se haya cometido”, no debiendo quedar “impune”, siendo objeto de “rendición de cuentas”.

La ONU condena las “declaraciones de dirigentes políticos y personalidades públicas que expresan su apoyo a la afirmación de la superioridad de una raza o un grupo étnico”, pues “deshumanizan y demonizan a las personas pertenecientes a minorías, propagando la hostilidad y los prejuicios contra grupos étnicos, religiosos o raciales, o condonan o justifican la violencia contra ellos”, impidiendo “lograr una paz sostenible, la justicia, la verdad y la reconciliación”.

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La resolución subraya “que la justificación, los relatos sesgados o la negación de casos de genocidio del pasado, pueden incrementar el riesgo de que se repita la violencia”. Exhorta a su vez sobre “la necesidad de proteger el patrimonio cultural de las personas pertenecientes a minorías contra la destrucción intencional destinada a borrar pruebas de su presencia como factor clave para la preservación de su identidad”, aludiendo implícitamente a que se trata de Armenia, un país con 3000 años de historia, con un legado arquitectónico sin precedentes.

Alienta paralelamente a “impedir la destrucción de monumentos históricos, lugares de conmemoración, incluidos los lugares donde se hayan cometido crímenes y atrocidades, obras de arte o lugares de culto que constituyan el patrimonio cultural o espiritual de los pueblos”, no olvidando que “los genocidios y otras atrocidades masivas a menudo se cometen en el contexto de conflictos armados”, siendo “la impunidad un factor de riesgo importante para el genocidio”. 

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU “invita a los Estados Miembros y a las organizaciones regionales a que consideren ejemplos de mejores prácticas para la prevención del genocidio llevadas a cabo” en otras latitudes, y “reforzar las medidas de prevención, incluidos los mecanismos de alerta temprana y las distintas formas de cooperación”. Concluye instando a proseguir con “los esfuerzos encaminados a conmemorar y recordar los genocidios del pasado como forma de prevención mediante la educación de la sociedad, la enseñanza y el aprendizaje”.   

 

 (1) Fuentes: “Le Point”, Francia, 25 de abril de 2024. Resolución sobre la “prevención del genocidio”, del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, del 5 de abril de 2024, adoptada en Ginebra sin votación. De América Latina y el Caribe, la apoyaron explícitamente: Chile, Costa Rica, Ecuador, México, Perú, y Uruguay. Entre otros, también Armenia, Estados Unidos, Israel, Gran Bretaña y Ucrania, y varios países de la Unión Europea.