MEDIOS
SIN PRISION PREVENTIVA

Sindicalista de Télam fue procesado y embargado por enriquecimiento ilícito

Se trata de Luis "Lucho" Giménez, un hombre vinculado a Hugo Moyano, oportunamente denunciado por la Oficina Anticorrupción. El embargo de bienes alcanza a 90 millones de pesos.

Luis Omar "Lucho" Giménez.
Luis Omar "Lucho" Giménez. | Twitter

El juez federal Sebastián Ramos procesó sin prisión preventiva al sindicalista de la agencia Télam Luis Omar “Lucho” Giménez por supuesto enriquecimiento ilícito, fijándole un embargo de 90 millones de pesos sobre sus bienes. La causa se originó en una denuncia elevada por la Oficina Anticorrupción, de la que las autoridades actuales de Télam se constituyeron en querellantes.

En el fallo de Ramos se señaló que las pruebas en la instrucción "son suficientes para afirmar, con el grado de probabilidad exigido para esta instancia que, a partir de su ingreso a la función pública, Luis Omar Giménez incrementó su patrimonio de una manera sustancial que no resulta compatible con su sueldo en el cargo de subgerente" en la agencia de noticias oficial, puntualizando que para disimular su enriquecimiento injustificado, se valió de "interpósitas personas". En ese sentido, la decisión de Ramos alcanzó también a la pareja de Giménez, Romina Falcón.

"Sólo sus gastos en consumo representaban el 600% de sus haberes", algo que "resulta difícil explicar por lo menos en términos matemáticos ese elevado nivel de vida", indicó el fallo.

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"Máxime teniendo en cuenta que se desconocen antecedentes de Romina Elisa Falcón y que, conforme sus propios dichos, es ama de casa", agrega el juez Ramos, destacando que Giménez "tampoco puede justificar la titularidad de bienes muebles e inmuebles, que los haberes del imputado no resultaban suficientes para afrontar la adquisición de dichos automóviles, sin contar los gastos que representa mensualmente su manutención, a saber: patentes, multas, mantenimiento, combustible, seguro, etc., que se suman a las erogaciones de consumo que, como se afirmó, no puede explicar".

"De acuerdo a la consulta efectuada ante el Registro de la Propiedad Automotor, al 9 de mayo de 2018, Luis Omar Giménez era titular de los siguientes rodados: marca "Rover", modelo "416SI", dominio BRP155; marca "Renault", modelo "Laguna RXE", dominio AVD811; marca "Volkswagen", modelo "Vento 2.5", dominio GTN152; marca "Hyundai", modelo "Genesis Coupe 2.0", dominio IWW564 y marca "Audi", modelo "A 2.0 T FSI", dominio IUX273", enumeró el fallo de Ramos.

En la resolución se evaluó que "los elementos recabados resultan suficientes para afirmar que el nombrado posee otros bienes, cuya propiedad ocultó en cabeza de su pareja y de un empleado de la agencia Télam como presuntas personas interpuestas".

El delito de enriquecimiento ilícito prevé "reclusión o prisión de dos a seis años, multa del cincuenta por ciento o al ciento por ciento del valor del enriquecimiento o inhabilitación absoluta perpetua, el que "[…] al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento ilícito patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimular lo ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño". Ramos también señaló que por el puesto que ocupaba Giménez es funcionario público y debía presentar sus declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción, algo que siempre se negó a hacer.

Algunas citas textuales del fallo del juez Ramos:

"Este Tribunal ha podido acreditar con el grado de certeza inherente a la etapa procesal que se transita que, desde su ingreso a la función pública, el patrimonio de Luis Omar Giménez evidenció un crecimiento apreciable que no se corresponde con los haberes percibidos, así como tampoco con sus antecedentes económicos y/o financieros”.

“Su nivel de ingresos resulta incompatible con sus bienes inmuebles, nivel de vida en general y los vehículos que adquirió”.

"Asimismo, se verificó que el nombrado disimuló y/u ocultó el incremento de su acervo inscribiendo propiedades a nombre de terceras personas”.

“Por su parte, Romina Elisa Falcón -cónyuge- prestó conformidad para que los inmuebles identificados como Cir. 5, Secc. D, Mz. 122, Pa. 1, Partida 032018460; Cir. 2, Secc. J, Mz. 11, Pa. 24ª, Sp. 9, Partida 004126860 y Cir. 5, Secc. D, Mz. 122, Pa. 2, Partida 031018461 fueran inscriptos a su nombre, pese a carecer de la solvencia económica y/o financiera para ser propietaria de los mismos. En efecto, la nombrada actuó como “testaferro” para esconder las viviendas de Giménez, a fin de que no sean detectadas por los organismos de control”.

“Tales circunstancias analizadas en su conjunto reflejan la exteriorización de un patrimonio que, sin lugar a dudas, se incrementó a lo largo de los años de manera incompatible con los ingresos que percibía Giménez. En efecto, teniendo en cuenta que su remuneración promedio mensual al año 2017 era de sesenta y cinco mil pesos ($65.000) aproximadamente y que, en comparación, sólo sus gastos en consumo representaban el 600% de sus haberes, resulta difícil explicar, por lo menos en términos matemáticos, ese elevado nivel de vida, máxime teniendo en cuenta que se desconocen antecedentes Romina Elisa Falcón y que, conforme sus propios dichos, es ama de casa. Pero ello no es todo, tampoco puede justificar la titularidad de bienes muebles e inmuebles”.

“En conclusión, los elementos de convicción colectados durante la instrucción son suficientes para afirmar, con el grado de probabilidad exigido para esta instancia que, a partir de su ingreso a la función pública, Luis Omar Giménez incrementó su patrimonio de manera sustancial que no resulta compatible con su sueldo en el cargo de “subgerente” y, para disimular su enriquecimiento injustificado, se valió de “interpósitas personas”. En este sentido, Romina Elisa Falcón colaboró activamente en la inscripción, a su nombre, de varias viviendas pese a no contar con la capacidad económica para ser propietaria de dichos bienes inmuebles, para lograr que la fortuna de Giménez pasara desapercibida ante los organismos de contralor”.

 

H.B.