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El Olivosgate más allá de lo jurídico

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Cumpleaños. La fiscal consideró “aceptable” la suma de 3 millones de pesos ofrecida por el mandatario. | cedoc

El Presidente, Alberto Fernández, se encuentra imputado por la comisión del delito previsto en el artículo 205 del Código Penal Argentino en virtud de la famosa “fiesta” celebrada en tiempos de pandemia.

Ante ello, solicitó la aplicación de la reparación integral del perjuicio en virtud de lo previsto en el artículo 59 inc. 6to del Código Penal.

El caso debe ser analizado desde dos visiones distintas:

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  • En el plano jurídico, nadie duda que la norma resulta aplicable al caso y que se trata de un método alternativo de solución del conflicto (no es probation o trabajo comunitario, ni una conciliación o acuerdo de partes), aunque se trate de un bien jurídico colectivo, como es la salud pública. Así lo postulé en los procesos conocidos, como el chico de Buquebús y del Club Riesta, que fueron los primeros procesos, y lo aceptaron los tribunales en estos hechos y en muchos otros.

Podría discutirse la razonabilidad y alcance del ofrecimiento y si le corresponde, por cuestiones de política criminal, a una persona que reviste el carácter de funcionario público de mayor envergadura del país, aunque se trate de un acto privado practicado en reserva (Constitución Nacional, art. 19) aunque utilizando instalaciones y, seguramente un servicio, de carácter oficial.

Pero la cuestión es jurídica y corresponde ahora al juez evaluar la lógica del pedido fiscal y la procedencia del pedido presentado.

  • La cuestión no pasa solo por lo jurídico. Acá sí estamos frente a cuestiones de carácter moral, éticas y políticas y, si bien el Presidente tiene los mismos derechos que el resto de las personas, lo cierto es que se le imponen más obligaciones que a un ciudadano común.

Indudablemente, las distintas versiones que brindó sobre lo sucedido, su actitud de reproche y advertencia a la ciudadanía exhibiendo “un dedito acusador” frente a supuestos incumplimientos a sus normas, la consideración de que es el autor de las propias prohibiciones por las que ahora lo juzgan, la necesidad de que nos dé ejemplo y obre con transparencia, de que hubiese demostrado un sincero arrepentimiento inmediatamente luego de sucedido el hecho, importan serios cuestionamientos a su proceder general y un rechazo total de la ciudadanía a su comportamiento. La indignación de todos –muchos sufrieron graves limitaciones– resulta justificada.

Cualquiera puede equivocarse, pero el Presidente tiene que equivocarse menos. Todos necesitamos confiar en él y aquí, con todo esto, su imagen se ha deteriorado.

En definitiva, el proceso concluirá en los archivos de los tribunales, pero sin dudas permanecerá, al menos un tiempo, en la memoria de todos los argentinos.

*Abogado penalista y profesor universitario.