OPINIóN
Consorcios

Expensas: Pagar o no pagar, esa es la cuestión

Con inflación mensual imparable, los consorcios de propiedad horizontal enfrentan un nuevo problema: los propietarios o inquilinos que prefieren no pagar expensas y esperar un reclamo judicial. ¿Qué ganan? ¿Quiénes pierden?

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Alquileres | cedoc

Los mismos males que frecuentemente vemos en la economía a nivel nacional, se repiten en los consorcios.

La especulación no es patrimonio de los peces gordos sino también del vecino de un edificio modesto de Flores o Villa Lugano.  ¿Por qué? Porque la ley lo permite.

Veamos. La tasa de interés para el deudor de expensas por lo general es del 5%. Esta tasa de interés no es compuesta, lo cual quiere decir que mes a mes se calcula sobre el capital, y no sobre el resultado de lo adeudado.

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Sin embargo, la tasa de inflación mensual supera el 8%, con lo cual muchos prefieren no pagar y hacer un juego financiero donde el no pagar les conviene.

 

Expensas: Pagar o no pagar

Esta es una mirada netamente económica de las expensas, donde pierde su real sentido que es solventar entre todos los gastos mensuales del edificio.

A esto se le suma, el plazo de prescripción de las deudas por expensas es de 2 años, es decir todas aquellas deudas por expensas mayores a 2 años que no se hayan reclamado, no se deben.

Por último, y no menos importante, los juicios por expensas tardan aproximadamente 2 años, y cuando el juez determina la sentencia por lo general lo hace estipulando un 3% de interés no compuesto sobre el capital adeudado.

Esta es la razón económica por la cual algunos deciden no pagar, y esperar que les reclamen fehacientemente, o incluso que un juez determine una tasa de interés irrisoria por el nivel de inflación que existe en el país hace tiempo.

* Abogado, especialista en Propiedad Horizontal