Los mismos males que frecuentemente vemos en la economía a nivel nacional, se repiten en los consorcios.
La especulación no es patrimonio de los peces gordos sino también del vecino de un edificio modesto de Flores o Villa Lugano. ¿Por qué? Porque la ley lo permite.
Veamos. La tasa de interés para el deudor de expensas por lo general es del 5%. Esta tasa de interés no es compuesta, lo cual quiere decir que mes a mes se calcula sobre el capital, y no sobre el resultado de lo adeudado.
Las expensas aumentaron 86% en 2022, pero bajó la morosidad
Sin embargo, la tasa de inflación mensual supera el 8%, con lo cual muchos prefieren no pagar y hacer un juego financiero donde el no pagar les conviene.
Expensas: Pagar o no pagar
Esta es una mirada netamente económica de las expensas, donde pierde su real sentido que es solventar entre todos los gastos mensuales del edificio.
A esto se le suma, el plazo de prescripción de las deudas por expensas es de 2 años, es decir todas aquellas deudas por expensas mayores a 2 años que no se hayan reclamado, no se deben.
Por último, y no menos importante, los juicios por expensas tardan aproximadamente 2 años, y cuando el juez determina la sentencia por lo general lo hace estipulando un 3% de interés no compuesto sobre el capital adeudado.
Esta es la razón económica por la cual algunos deciden no pagar, y esperar que les reclamen fehacientemente, o incluso que un juez determine una tasa de interés irrisoria por el nivel de inflación que existe en el país hace tiempo.