En 1949, cuatro años después del fin de la Segunda Guerra, y con algunos de los fallos de Núremberg cumpliéndose, el Tribunal Constitucional Federal Alemán dictó una sentencia en la cual dice explícitamente que son crímenes contra la humanidad los actos atroces contra los propios soldados, y que resulta irrelevante que los perpetradores y las víctimas sean de la misma nacionalidad. Refrenda el concepto que precisamente se acuñara en Nuremberg respecto de los crímenes del guerra o delitos de lesa humanidad. El caso se conoce como “Tribunal Supremo Alemán en la zona Británica ocupada, juicio, caso núm Sts 111/48, 18-10-49, en Entscheidungen des Obersten Gerichtshofes der BritischenZone in Strafsachen, num 2, 1948”. Y si son delitos de lesa humanidad la acción penal es imprescriptible, la potestad y obligación persecutoria del Estado no desaparece por el paso del tiempo.
Mas de setenta años después los amarillos y amanuenses jueces de Casación, Petrone y Barroetaveña, incurren en una involución jurisprudencial cuya catalogación más fiel es la de complicidad. La postura de los nombrados se da de bruces con toda la jurisprudencia de los principales tribunales internacionales que han abordado la temática, como el formado para los crímenes de la ex Yugoeslavia o el de los crímenes de Ruanda; rematando con la propia Corte Penal Internacional. Esta postura garantizadora de la impunidad de uno de los capítulos más atroces de la última dictadura no es casual. Los mismos que promocionaron los pliegos de Petrone y Barroetaveña son los que han sostenido la constitucionalidad de los indultos a los perpetradores de delitos de lesa humanidad.
Crímenes de Lesa Humanidad: La Guerra de Malvinas ya tiene su "Nunca Más"
Petrone y Barroetaveña se han instituído ahora, sosteniendo la prescripción de la acción penal de estos delitos de lesa humanidad, en los garantes de la impunidad. La versión descafeinada de los jueces y fiscales que en esos años oscuros avalaron y “legalizaron” las tropelías de los facinerosos que invocaban “el ser nacional” para secuestrar, torturar y matar.
El fallo de Casación, con la infaltable y terminante disidencia de Ana María Figueroa, formado por los dos votos negacionistas, constituye un verdadero ludibrio, una burla a la justicia, a la memoria, al heroísmo de los que fueron llevados por una decisión que tuvo que ver más con lo etílico que con lo patriótico. Soldados estaqueados, semidesnudos, sin guantes, descalzos, hambreados; bajo el fuego enemigo.
Una nueva forma de crímenes de lesa humanidad
La sana tozudez del Fiscal de Casación Quintana seguramente instalará la cuestión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que quizás para los tiempos en que tenga que resolver recupere el equilibrio y se dedique a hacer justicia antes que política. Pero previamente el tema pasará por la Procuración General de la Nación, y todos sabemos cual será su posición si aun depende del atornillado procurador interino Casal.
Este es un caso en el que tan grave como el delito cometido será la impunidad de sus autores. Un caso que indicará si seguimos viviendo en un Estado de Derecho de baja intensidad o si de una vez por todas logramos afianzar la justicia.