A punto de arrancar la campaña electoral, uno de los grandes temas en la agenda ciudadana es la eficacia de los diferentes organismos del Estado para brindar respuestas satisfactorias en la protección de los Derechos Humanos y canalizar las demandas de la sociedad.
Durante todo este tiempo de pandemia por el covid-19 se emitieron más de veinte Decretos de Necesidad y Urgencia que dieron el marco normativo para evitar la circulación de la ciudadanía en toda la Argentina. Sin dudas estas decisiones sumadas a las restricciones informales para salir de los hogares (controlados con las fuerzas de seguridad), ejercer el trabajo de manera presencial o la de abrir los establecimientos educativos, entre otras medidas, generaron una tensión entre los derechos previamente adquiridos, y las decisiones administrativas de orden sanitario.
El caso de Formosa es el más paradigmático y donde se pudo visualizar la deficiente intervención de los organismos de Derechos Humanos, de Discriminación y de Género a nivel federal. A pesar de la multiplicación de infraestructura estatal, fue significativa la incapacidad de generar una relación directa con la ciudadanía que no tuvo ningún mecanismo para tramitar las legítimas demandas como la creación de los centros de aislamientos forzados de covid-19 que funcionaron a total discreción de las autoridades sanitarias, el cierre de fronteras que inhabilitaron el regreso de formoseños a sus hogares, la represión asentada a líderes opositores o comerciantes y las denuncias graves de violencia institucional hacia pueblos originarios.
Obligado por las circunstancias políticas, el secretario de Derechos Humanos de la Nación no solo no condenó tales violaciones y abusos sino que además salió en defensa de sus aliados partidarios. También surgieron silencios incómodos desde el Inadi, INAÍ y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. Todos organismos del Poder Ejecutivo Nacional y amigos del gobernador.
Esto demostró la incapacidad para canalizar las demandas sociales. El acceso a la Justicia o a los legisladores fueron importantes, pero deficientes a la hora de poder obtener una respuesta o seguimiento inmediato ante tales abusos. La falta de articulación, de cooperación y de complementación de las diferentes agencias estatales de orden nacional, provincial o local limitaron la capacidad de proteger, reparar o de que cesen rápidamente los derechos que fueron afectados.
El gran ausente durante esta pandemia fue la figura del Defensor del Pueblo de la Nación. Tal vez todavía sin tanto rodaje. pero que podría haber funcionado como un organismo de contralor, de ser el primer acceso de la ciudadanía en tanto los Ejecutivos no puedan resolver las diversas problemáticas en Derechos Humanos y representarlos con recursos, capacidad técnica y de fuerte presencia política al contar con la necesaria autonomía e independencia política.
El o la titular de la DPN debe ser elegido por el Congreso de la Nación y tiene la potestad de recibir quejas de personas físicas o jurídicas. Desde el 2009 está vacante la designación del Defensor mientras funciona de modo parcial por la falta de acuerdos en las diversas Cámaras Legislativas. Un gran déficit que podría haber servido para evitar la vulneración de libertades o de generar un mecanismo de atención rápida de la ciudadanía que no puede ir por el lado de los Ejecutivos provinciales, nacionales o de los Legislativos que funcionaron con limitaciones durante la pandemia.
Luego de 12 años sin Defensor del Pueblo, la discusión no debería ser crear más organismos sino dotar de institucionalidad a los ya existentes para potenciarlos y que a la vez puedan crear lazos con la sociedad para la protección y promoción de sus derechos.
*Licenciado en Ciencia Política UBA con Posgrado en Derechos Humanos de la American University Washington College of Law –Washington D.C. EE.UU–.