Que una persona elija usar TikTok no exime al Estado de regular qué ocurre con los datos que se producen en su territorio, bajo qué legislación se procesan y qué mecanismos de defensa tienen los ciudadanos ante eventuales abusos.
La analogía correcta, en rigor, no es tecnológica, sino institucional. Que una persona pueda decidir viajar al exterior no pone en cuestión la soberanía territorial ni vuelve prescindibles las fronteras, los controles o la política migratoria del Estado. De la misma manera, que un ciudadano use voluntariamente una red social no releva al Estado de su responsabilidad de regular el ecosistema de datos en el que esa actividad se inscribe. El problema no está en reconocer la libertad individual, sino en suponer que esa libertad puede reemplazar una política pública.
A lo largo de la historia, el concepto de soberanía nunca fue estático. Durante siglos se lo asoció casi exclusivamente al control del territorio; más tarde, incorporó dimensiones económicas, financieras y vinculadas a los recursos naturales. Hoy, sin reemplazar ninguna de ellas, se suma una más: la soberanía digital. Lejos de equivaler a aislamiento, censura o autarquía tecnológica, alude a algo más concreto y menos ideológico: la capacidad efectiva del Estado para decidir cómo circula la información, regular actores privados con un poder sin precedentes y proteger derechos en entornos crecientemente mediados por plataformas digitales.
La evidencia internacional muestra que soberanía y apertura no son conceptos incompatibles. La Unión Europea, con su régimen de protección de datos, logró establecer estándares exigentes sin abandonar el comercio global ni la innovación tecnológica. Brasil avanzó con una ley moderna y una autoridad con capacidad sancionatoria efectiva. Países de la región y del Sur Global desarrollan estrategias propias, adaptadas a sus contextos, pero con un principio común: tratar los datos como un asunto de interés público.
El problema es que Argentina enfrenta esta discusión desde una posición de fragilidad normativa e institucional. El país continúa regido por una ley de protección de datos sancionada a principios de los años 2000, pensada para un mundo previo a la economía de plataformas, al big data y a la inteligencia artificial. Los proyectos de reforma no han prosperado. La capacidad sancionatoria del Estado se ha debilitado hasta perder eficacia real.
Y, en paralelo, se avanzó en procesos de desregulación y reconfiguración de infraestructuras estratégicas vinculadas a las telecomunicaciones y al flujo de datos.
En ese contexto, el capítulo de comercio digital del ARTI adquiere un peso específico mayor. Reconocer a otra jurisdicción como adecuada para la transferencia masiva de datos personales, limitar la posibilidad de regulaciones diferenciadas sobre servicios digitales y someter eventuales disputas a mecanismos de arbitraje internacional implica condicionar la autonomía futura del Estado en un área sensible. No se trata de una cuestión abstracta: están en juego datos financieros, sanitarios, biométricos y comportamentales de millones de ciudadanos.
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La apelación a la “libertad” del usuario como argumento suficiente resulta, además, conceptualmente pobre. En los entornos digitales, la elección individual se encuentra condicionada por asimetrías de información, términos de uso opacos y efectos de red que reducen drásticamente la posibilidad de un consentimiento plenamente informado.
Más aún, cuando los datos se agregan a escala poblacional, dejan de ser un asunto privado y se transforman en un recurso estratégico con impactos económicos, sociales y políticos.
Por eso, ningún país que se tome en serio la cuestión digital delega este problema en la decisión individual de sus ciudadanos. La soberanía digital no se ejerce preguntando qué aplicación usa cada persona, sino definiendo reglas colectivas que protejan derechos, promuevan capacidades locales y preserven márgenes de decisión estatal en un entorno global altamente concentrado.
La pregunta relevante, entonces, no es si alguien tiene TikTok. La pregunta es si el Estado argentino cuenta con una política integral sobre los datos de su población y con la capacidad institucional para sostenerla. La pregunta es si los funcionarios del Estado Nacional, que han elegido representar al conjunto de la sociedad, van a regalar, alegre e infantilmente, el control de la información de sus ciudadanos, con todos los impactos políticos y económicos que eso tiene.
El control privado de los datos que circulan en redes sociales concentra un poder político inédito: permite dirigir millones de mensajes de manera quirúrgica e intervenir automática y masivamente en lo que las personas ven y saben, lo que termina convirtiendo a la esfera pública en un negocio controlado por empresas privadas extranjeras. Está documentado que grandes plataformas han manipulado deliberadamente contenidos para influir en conductas, y que los datos personales se comercializan masivamente en mercados publicitarios sin ningún tipo de control democrático.
Por eso otras democracias avanzaron en regulaciones: la Unión Europea exige transparencia algorítmica y control de la publicidad política; Brasil frenó el uso de datos para entrenar inteligencia artificial privada; Australia reguló el poder de las plataformas sobre el sistema informativo.
En la Argentina, renunciar a discutir soberanía digital implica aceptar que actores privados extranjeros condicionen la información, la política y, en última instancia, la democracia. Confundir soberanía con elección individual no amplía la libertad: diluye la responsabilidad pública. Y en el plano digital, esa dilución no es neutra. Es una (otra) forma concreta de renuncia.