Los niños adoptados en el extranjero por familias argentinas siguen siendo invisibles para el Estado, aunque terminen siendo ciudadanos argentinos. Ese accionar sistemático se ha convertido en una auténtica “política de Estado”, independiente del gobierno de turno.
Argentina mantiene desde 1990 una reserva parcial al artículo 21 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que prohíbe las adopciones internacionales de niños y niñas argentinos por parte de extranjeros y, en los hechos, deja en un limbo jurídico a los adoptados en el extranjero por familias argentinas. Esta práctica sucede regularmente, aunque el Estado no la registre (no hay estadísticas ni información pública disponible) y se haga el distraído.
La reserva es, sin duda, el huevo de la serpiente, toda vez que no distingue entre adopciones salientes (de niños argentinos) y entrantes (de niños extranjeros). Simplemente ignora a estos últimos.
Las consecuencias de esta omisión son múltiples: por un lado, se bloquea a las familias argentinas la gestión de inscripción de adopciones realizadas legítimamente en el extranjero; por otro, aun cuando se obtenga el reconocimiento judicial de la adopción, se perpetúa la desigualdad jurídica: los niños adoptados en el extranjero no gozan de las mismas garantías que los adoptados en Argentina. La consecuencia más dramática es el abandono y su eventual victimización: estos niños pueden terminar en el sistema asistencial estatal o, peor aún, expuestos a delitos aberrantes como la trata de personas o el abuso sexual.
La hipocresía es evidente: el motivo de la reserva en 1990 fue que Argentina no contaba con un mecanismo de protección del niño en adopciones internacionales para evitar su tráfico o venta. Pero esa protección nunca se construyó.
Es urgente que el tema ingrese a la agenda pública. El actual gobierno y el Congreso deberían:
1) Aclarar que la reserva al artículo 21 no aplica a adopciones entrantes.
2) Ratificar el Convenio de La Haya de 1993, al tiempo de prohibir expresamente por ley interna las adopciones salientes (hoy lo hace de manera implícita).
3) Garantizar igualdad de derechos y protección a todos los niños, hayan sido adoptados en Argentina o en el extranjero.
4) Crear un sistema idóneo para la protección de los niños y niñas que serán adoptados por argentinos en el extranjero, con controles previos y posteriores, centrado en el interés de los primeros, poniéndolo en manos de una nueva autoridad central especializada en adopciones entrantes o asignando responsabilidad a las instituciones responsables de las adopciones ordinarias.
En el Congreso hay legisladoras dispuestas a dar el debate, pero la crisis institucional impide cualquier iniciativa que no surja del Poder Ejecutivo. Si se logra la sanción de una ley se corre el riesgo de que sea vetada. El antídoto es gestionar una alianza sólida entre la sociedad civil –ONG con trayectoria, figuras respetadas y congresistas–, de manera plural y abierta, evitando la politización del tema.
El Gobierno prometió luchar contra el statu quo. En esta materia, hasta hoy, lo perpetúa. Si quiere honrar su palabra, debe garantizar que ningún niño adoptado por argentinos quede fuera de la protección del Estado.
*Director del Centro Internacional de Estudios, Investigación y Prospectiva Parlamentarios (Cideipp) de la Universidad Austral.