La negativa de Miguel Galuccio a informar su patrimonio sigue haciendo olas. La Procuradora del Tesoro de la Nación, Angelina Abbona, abrió una actuación para analizar si el titular de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) debe presentar una declaración jurada pública, como exige la ley a directivos de las empresas estatales.
El expediente se inició a pedido de la Oficina Anticorrupción (OA), encargada de controlar a los funcionarios designados por la Presidenta. Ese organismo del Gobierno concluyó que Galuccio tiene que declarar sus bienes, lo intimó por escrito para que cumpla y ahora solicita una segunda opinión a la jefa de los abogados del Estado.
Mientras tanto, el gerente de YPF se resiste a detallar sus propiedades. Es uno de los hombres más ricos de la administración kirchnerista. Tampoco informa si tiene acciones en empresas privadas. El dato es clave para saber si este ingeniero –que firmó un acuerdo con Chevron– tiene conflictos de intereses.
Consultados por PERFIL, sus voceros no hicieron comentarios: “Este hecho puntual es una cuestión de procedimiento que no modifica el status quo de la situación”. El incumplimiento de Galuccio ya lleva más de un año.
La OA abrió un expediente en donde le pasó la pelota a la Procuradora. Ahora, le toca opinar a una mujer de máxima confianza del kirchnerismo. Abbona tiene 61 años, fue fiscal de Estado de Santa Cruz y titular del Tribunal de Cuentas de esa provincia. Cercana al secretario Legal Carlos Zannini, CFK la nombró al frente de la Procuración del Tesoro, que brinda asesoramiento jurídico al Gobierno.
No le resultaría sencillo favorecer a Galuccio. La Ley de Ética Pública es muy clara: el artículo 5 establece que deben declarar bienes los “empleados con categoría o función no inferior a la de director” que presten ser vicios en “las sociedades anónimas con participación estatal”. Además, existen ex directores de YPF –como Santiago Carnero– que sí entregaron declaraciones juradas a la OA.
El ingeniero insiste con que no está obligado. Invoca el artículo 15 de la Ley 26.741, que excluye a la petrolera “de todas las normas referidas al control de las sociedades en las que el Estado nacional tiene participación”. Además, afirma que solamente están obligados los directores clase “A” y no los clase “D” como él.
PERFIL consultó a la OA y a la Procuración, pero ninguno respondió. La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) presentó un pedido de la información a la procuradora. Su co-director de la ONG, Renzo Lavin, solicitó una copia del expediente de este caso.