POLITICA
Código Penal

Avanza en el Congreso un proyecto para castigar el acoso callejero

Las multas irían desde los mil hasta los 30 mil pesos, conforme a la edad de la víctima o la gravedad del acoso. Los condenados deberán realizar talleres de concientización para erradicar este tipo de violencia.

17/04/2019 acoso callejero
El acoso callejero, un reclamo que crece. | https://www.bcn.cl

En un plenario de comisiones del Senado, recibió dictamen favorable este lunes 22 de marzo un proyecto de ley que prevé incorporar el acoso callejero al Código Penal de la Nación, a través de multas y prisión del acoso sexual en espacios públicos.

Los senadores del plenario de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales y Banca de la Mujer del Senado, presididas por los oficialistas Oscar Parrilli y Norma Durango, decidieron unificar en un solo proyecto dos propuestas sobre el acoso callejero, una de las cuales ya había recibido media sanción de la Cámara de Diputados en noviembre de 2019, pero resolvieron introducir modificaciones. De tal modo, de ser aprobada en el recinto en la próxima sesión, deberá volver a la Cámara baja para su sanción definitiva.

El primero de los proyectos, cuya autora es la exdiputada del oficialismo Victoria Donda, incorpora el artículo 129 bis al Código Penal la prevención y sanción del acoso sexual en espacios públicos. La segunda de las iniciativas, de las senadoras de Juntos por el Cambio Silvia Elías de Pérez y Guadalupe Tagliaferri, también va en el mismo sentido, aunque con algunas modificaciones en cuanto a las tareas de prevención y el acoso virtual.

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Ahora bien, la propuesta busca incorporar el artículo 129 bis al Código Penal por el cual “será penado con multa de 1.000 a 15.000 pesos el que, en lugares públicos o de acceso público, mediante gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido, con connotación sexual, perturbare la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo del género, orientación sexual, identidad de género o su expresión y siempre que el hecho no constituyere un delito más severamente penado”.

 A su vez, “la multa será de 5.000 a 30.000 pesos si la víctima fuese menor de 18 años o el autor fuere funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad. La multa llevará como medida accesoria la obligatoriedad por parte del condenado de realizar talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual callejero y la violencia de género por un plazo no menor a los tres meses”.

Se contempla, además, la incorporación de Ley de Protección Integral a las Mujeres para prevenir, sancionar y erradicar este tipo de violencia y la realización de campañas de difusión que contribuyan a concientizar, a dar visibilidad y a desnaturalizar la violencia con motivo del género, orientación sexual, identidad de género o su expresión en el espacio público conocida como “acoso sexual callejero”.

El debate

“Quizás al principio cuando uno lo lee (el proyecto), le parece que es un poco exagerado, pero realmente creo que está muy bien que podamos firmar el dictamen hoy”, sostuvo Durango al comienzo del debate.

Según la legisladora pampeana, “los espacios públicos han sido diseñados y siempre dominados por el varón”, por lo que consideró que “desde la legislación tenemos que instaurar la igualdad real de oportunidades y lograr que la calle deje de ser un ámbito hostil para las mujeres”.

Por su lado, la radical Elías de Pérez analizó que “a veces nos cuesta visibilizar algunas cuestiones que durante años se ha tratado de poner como si fueran piropos o cosas que no tienen mayores consecuencias, hasta que ocurren hechos que nos muestran de que claro tienen consecuencias”. A continuación, la tucumana recordó el caso en su provincia de Paola Tacacho, una profesora asesinada por un alumno que la acosaba desde hacía cinco años pese a las denuncias que ella había realizado.

El cordobés Ernesto Martínez manifestó sus “reparos” al proyecto puesto que “no existe en el derecho comparado norma similar a esta que se pretende incorporar, más allá de que reconozco cuál es su intencionalidad, porque hacia la mujer siempre se produce un ámbito de incomodidad generalizado en el ambiente público”.

“Se debe legislar con precisión, no es tan simple modificar el Código Penal a través de una idea, volcarla como una redacción que convalide esa proclama y después entender que eso es una norma penal, porque se puede incurrir en errores transcendentes”, advirtió.

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Además, el senador de Juntos por el Cambio enfatizó que el acoso callejero está contemplado en varios códigos contravencionales de las provincias, incluso con sanciones y penas mayores. Allí, el chubutense Mario Pais coincidió con Martínez en que “es una norma que tiene algunos defectos importantes en cuanto a la redacción” y remarcó que “en materia penal tenemos que ser precisos”, por eso recomendó rever un artículo en el cual se hace mención al artículo 59, sobre extinción de la acción penal, porque “no es aplicable a todos los supuestos”.

Sobre este último aspecto, la santafesina María de los Ángeles Sacnun coincidió que “existen sanciones que son mucho más gravosas que las sanciones que se prevén incorporar al Código Penal”. Sin embargo, la oficialista ratificó el “espíritu de la norma” por “la importancia que tiene” el tema.

En esa línea, detalló que, según una encuesta, “el 38,2% de las mujeres sufrió algún tipo de acoso antes de los 13 años”, mientras que “el 94,4% de las mujeres de todas las edades han sido acosadas en la calle”. “Me da orgullo que en el derecho comparado este sea el primer país que atiende esta cuestión y que la incorpora a su legislación interna”, añadió.

Al finalizar, Parrilli afirmó que “tenemos que dar un mensaje claro y contundente de cuál es nuestra postura frente a esto”, por eso consintió avanzar con el dictamen, pero aclaró: “Eso no significa que no podamos hacerle modificaciones que mejoran el proyecto”.

De esa manera, en acuerdo con Durango, el presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales informó que los montos de las multas se mantendrán, pero se agregará el equivalente por Unidad de Medida Arancelaria (UMA) que “de acuerdo a la última actualización de la Corte Suprema de Justicia, de enero de este año, es de $3.862”.

 

CFT/FF