POLITICA
Por un caso

La Corte Suprema define hoy sobre el impuesto a las Ganancias en jubilaciones

Es a raíz del caso de una mujer enterriana que inició una acción judicial contra la AFIP en 2015.

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Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti | csjn.gov.ar

La Corte Suprema de Justicia deberá definir este martes 26 de marzo la constitucionalidad o no del pago de impuesto a las Ganancias de los jubilados, en un fallo que será sobre un caso particular pero más adelante podría tener un impacto en el resto.

Se trata del caso de la jubilada entrerriana María Isabel García quien había sido diputada y docente en Entre Ríos y se había jubilado por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia.

En 2015 inició una acción judicial contra la AFIP para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de impuesto a las ganancias.

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García tuvo dos fallos favorables: el juzgado de primera instancia y la Cámara Federal de Paraná definieron la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto a las Ganancias para los haberes previsionales. La Justicia entrerriana consideró que la jubilación no es una ganancia.

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Luego, la AFIP apeló mediante un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema. Según el organismo, el "carácter integral de las jubilaciones" no implica que sean intangibles los haberes y dijo que el derecho de gozar de los beneficios de la seguridad social no excluye la obligación de proveer a los gastos del Estado.

La Corte deberá analizar entonces diversos aspectos jurídicos de este problema. Por un lado, si la jubilación es una renta y acá puede exigir una definición al Congreso para que delimite qué cuenta como renta en sentido tributario.

Pese a que no se sabe aún cómo serán los votos de todos los jueces, según trascendió, hay una mayoría conformada, supuestamente por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti que decidirá que los jubilados no deben pagar Ganancias.

De este modo, el fallo beneficiaría a 170.000 jubilados, que perciben más de $ 68.000 mensuales y deja librado al Congreso de la Nación la modificación de la Ley de Ganancias y la exclusión de los jubilados de la cuarta categoría.

La Corte debe determinar si el pago de Ganancias es una doble imposición, lo que es un debate de técnica tributaria.

La Corte Suprema deberá analizar hasta dónde llega con sus facultades para decidir sobre cuestiones tributarias, ya que el rol de legislar le corresponde al Congreso. Es justamente este poder del Estado el que define qué es lo que se grava y al Poder Judicial le corresponde no sustituirlo, sino establecer que esa regulación no vulnere un derecho constitucional.

DR CP