POLITICA
La deuda de Oil Combustibles

Críticas y cuestionamientos, claves del fallo que benefició a Cristóbal López

La decisión del tribunal de alzada también alcanzó a Fabián De Sousa. El cambio de carátula y la situación de Echegaray.

cristobal 23022018
Cristóbal López. | Cedoc

La decisión de liberar a los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa fue uno de los puntos de la resolución de 110 páginas que llevó las firmas de los miembros de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones, Jorge Ballesteros y Leopoldo Bruglia, junto a la de Eduardo Farah, de la Sala II, que intervino para desempatar. El fallo, además, confirmó los procesamientos de los empresarios y del ex titular de la AFIP Ricardo Echegaray, en tanto que recalificó las conductas que se les imputan, una decisión que los beneficia. El escrito no ahorró críticas a la forma de investigación en el expediente y en los conexos, ni en la responsabilidad que también le cabe a Echegaray, como ex funcionario.

López y De Sousa estaban detenidos con prisión preventiva desde el 19 y 20 de diciembre pasado, por orden del juez federal Julián Ercolini, en el marco de la causa por evasión del pago de 8 mil millones de pesos del impuesto a los combustibles a través de su empresa OIL. En ese momento fueron procesados por administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado nacional. Sin embargo, la decisión del tribunal de alzada determinó que, a partir de ahora, serán investigados por evasión. El cambio los favorece porque el primero de los delitos que se les imputaban implica una pena mayor que el nuevo. 

Sobre la liberación de ambos, Ballesteros votó a favor, mientras que Bruglia -que ayer quedó firme en el cargo que subrogaba, por decisión del oficialismo en el Consejo de la Magistratura- se inclinó porque siguieran detenidos. Para zanjar la cuestión, intervino Farah, miembro de la Sala II, quien inclinó la balanza para la excarcelación de los empresarios kirchneristas, del Grupo Indalo, casi tras casi tres meses en prisión. 

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Farah sostuvo que “el encarcelamiento de los imputados es  incoherente  con  el  criterio  adoptado por  el  mismo  juez al  mantener  la libertad ambulatoria  del  funcionario  público  consorte  de  causa,  o  el  que respecto   de   ellos   mismos   se   adoptó   en   otros   legajos   conexos”. Y apuntó, en un duro pasaje del escrito, que la detención “es  incompatible, también, con la poca actividad investigativa llevada adelante sobre aspectos directamente vinculados de los hechos”.

Ballesteros también se explayó sobre el tema de la prisión preventiva y disparó: “Si el encierro cautelar fuera el modo adecuado de tutelar las acreencias del Estado, no puedo imaginar cuántos otros empresarios debieran estar acompañando hoy, sin juicio de por medio, a Cristóbal López y a Carlos de Sousa”. Y agregó: “No se necesitaría otra cosa que hacer un repaso por los más voluminosos procesos que transitan en sede comercial. Pero es evidente que la suerte no les sonríe a todos por igual…”

Farah también sostuvo que los movimientos que se querían hacer en el grupo, y que fueron uno de los elementos que tuvo en cuenta Ercolini para ordenar las detenciones, de ambos, fueron puestas en conocimiento del tribunal. “Inferir de allí, a falta de otros elementos independientes, riesgo procesal justificativo de la privación de la libertad -lo que supone reunir indicios distintos a los que dieron pie a la medida cautelar patrimonial- es irrazonable”. 

El magistrado también criticó con dureza al afirmarse que “aún hoy sigue sin investigarse adecuadamente la forma en que, por sus relaciones con funcionarios de gobierno, López y De Sousa se habrían hecho de un inmenso patrimonio en diversas ramas del comercio, la industria y los servicios (como fue denunciado en el 2008 en la causa conexa con ésta y en sus sucesivas ampliaciones); ni se procuró establecer qué otros funcionarios públicos indebidamente permitieron que ello ocurriera o se beneficiaron con ese resultado”. 

Bruglia, por su parte, cuando se refirió a la responsabilidad del ex titular de la AFIP, afirmó que el dolo estaba acreditado, “en función de la intervención directa” de Echegaray “en el otorgamiento de los planes de facilidades particulares” al Grupo y que eso quedaba en evidencia con las “actuaciones administrativas que evidenciaban la falta de verificación del presupuesto legal para su concesión, entre otras irregularidades”. Agregó también que tener ese conocimiento de aquellas intervenciones puntuales “permite tener por acreditado, con la provisoriedad de esta etapa, que la omisión de adoptar acciones de control o dar instrucciones a las áreas dependientes para impedir el acogimiento de Oil Combustibles a los planes generales aprobados por la AFIP, configuró una actuación consciente y voluntaria del ex funcionario”.