El pasado jueves al anunciar el aislamiento obligatorio, el Presidente dio una serie de rubros y actividades exceptuados. Pero el viernes por la tarde a través del decreto 429/2020,se sumaron nuevos rubros.
Los diez que quedaron exentos:
Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias, podrán solicitar autorización a las Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
Producción y distribución de biocombustibles
Transporte y distribución de combustibles nucleares
Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del decreto 297/2020
Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones
Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario
Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos, con dotaciones mínimas
Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera
Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica
Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.