POLITICA
Modificación del código penal

El Gobierno quiere que los sindicalistas sean juzgados por corrupción

Un día después de la marcha de Moyano, Cambiemos presentó un proyecto en la Cámara de Diputados.

congreso nacional afp 20180221
Cámara de Diputados. | AFP

Pasaron solo 24 horas de la multitudinaria marcha de Hugo Moyano y el Gobierno nacional salió a responder a través de sus diputados con un proyecto que propone que los sindicalistas puedan ser juzgados por hechos de corrupción.

Encabezado por el radical Luis Petri, el objetivo es que los gremialistas puedan ser -al igual que los funcionarios públicos- sancionados por los delitos de cohecho y enriquecimiento ilícito. Además, la propuesta prevé aumentar las penas de prisión y las multas para estos ilícitos, con la intención de que esta modificación se incluya en el proyecto de reforma integral del Código Penal, que el Ejecutivo tiene previsto enviar al Congreso este año.

En diálogo con PERFIL, Petri brindó detalles al respecto: "En Argentina se juzga por delitos de corrupción a funcionarios públicos. A los sindicalistas se los investiga por lavado de activos o evasión, pero no es el sujeto activo de los delitos de corrupción como cohecho y enriquecimiento ilícito. Ahora, teniendo en cuenta que las organizaciones que dirigen manejan fondos de terceros y públicos como los de las obras sociales, tienen que estar comprendidos como penalmente responsables por ese tipo de delitos".

Para el delito de cohecho, se establece de tres a 10 años de prisión e incorpora a “quienes dirijan o administren asociaciones sindicales con personería gremial u obras sociales de la Ley 23.660 que por sí o por persona interpuesta, recibiere dinero o cualquier otra dádiva o aceptare una promesa directa o indirecta, para hacer, retardar o dejar de hacer algo relativo a sus funciones”.

En cuanto al enriquecimiento ilícito, las penas pasan de cuatro a 10 años y una multa del 50 por ciento al 100 por ciento del valor del enriquecimiento. Por otra parte, buscan modificar la Ley 23.551 -de Asociaciones Sindicales- con el fin de que quien pretenda integrar los órganos directivos de los gremios deberá presentar “una declaración jurada patrimonial integral dentro de los 30 días hábiles desde la asunción”, y otra actualizada a la hora de dejar el cargo.

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