La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó profundizar una causa por lavado de dinero contra el jefe de Gobierno porteño Jorge Macri, a raíz de la compra de un departamento en Miami en 2011. El máximo tribunal hizo lugar al pedido del fiscal Mario Villar, revocó un fallo que cerraba la causa y ordenó a la Cámara Federal de Casación Penal, que había confirmado el sobreseimiento, que dicte una nueva resolución, dando respuesta a las pruebas que expuso el expediente.
La resolución fue firmada este jueves por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y los conjueces Pablo Candisano Mera (de la Cámara Federal de Bahía Blanca) y Abel Sánchez Torres (de la Cámara Federal de Córdoba). Por su parte, el juez de la Corte Carlos Rosenkrantz votó en minoría, con sus argumentos, por declarar inadmisible el recurso y confirmar el cierre del caso.
Fuentes cercanas al jefe de Gobierno afirmaron a PERFIL que Jorge Macri respeta la decisión de la Corte y si no alcanzan las pruebas para los jueces de la Corte, seguirá demostrando que no hubo delito.
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La resolución fue firmada este jueves por los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y los conjueces Pablo Candisano Mera (Cámara Federal de Bahía Blanca) y Abel Sánchez Torres (Cámara Federal de Córdoba). Por su parte, el juez de la Corte Carlos Rosenkrantz votó en minoría, argumentando como "inadmisible" el recurso y confirmar el cierre del caso.
Para Rosatti, Lorenzetti y los dos conjueces, el fallo de Casación que cerró la causa sin analizar los planteos de la Fiscalía que sostenía que faltaban medidas de prueba a realizar “no constituye una derivación razonada del derecho vigente conforme a las constancias obrantes en la causa”. Incluso advirtió que no se trata de una “excursión de pesca” sino que la Cámara Federal de Casación Penal “soslayó” los argumentos “sin hacerse cargo, debidamente, de los fundados planteos formulados en torno a la arbitrariedad del sobreseimiento que se había impugnado por prematuro”.

El origen de la causa
El caso comenzó con una denuncia que se radicó en 2016 por impulso de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) tras el escándalo ‘Panamá Papers’ para investigar “la hipotética canalización de fondos provenientes de actividades delictivas a través de la adquisición del Inmueble” en la ciudad de Miami, Estados Unidos, por 402.963,62 dólares, en abril de 2011 por parte de una sociedad, "Icon Unit 1704", constituida un mes antes por Jorge Macri y su entonces esposa, con un capital inicial de 10.000 dólares.
De acuerdo con información suministrada por la ex AFIP, los fondos para esa adquisición provenían de dos préstamos otorgados a la sociedad: del banco "Bac Florida Bank" por 219.000 dólares y de una sociedad uruguaya, Fawsley SA", por 184.000 dólares, que luego fue cedida luego a otra firma constituida en Panamá, ‘Cometas Company Inc.’, y adquirida por una hermana de Jorge Macri.
La jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, dictó el sobreseimiento de Jorge Antonio Macri, Florencia De Nardi y Javier Rubira Alonso, un ciudadano uruguayo que figuraba como presidente de Fawsley SA. La fue confirmada por la Cámara Federal de San Martin en diciembre de 2019 y fue apelada por la Fiscalía, por entender que el cierre era prematuro. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso.
A través de un recurso extraordinario en queja a la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía sostuvo que la Casación no había ingresado al tratamiento del caso, "desoyendo los compromisos asumidos por el Estado Nacional al suscribir la Convención Interamericana contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción", indicaron desde el máximo tribunal.
"La evidencia recolectada en la causa no resulta apta para decretar el sobreseimiento de los imputados” sino que, por el contrario, se sospecha que “el préstamo no existió y se trató de un acto simulado, lo que genera serias sospechas sobre el efectivo origen y procedencia del dinero”, argumentó la Procuración.
Además, destacó que el movimiento generó un reporte de operación sospechosa (ROS) de la Administración Federal de Ingresos Públicos y la actuación de la Unidad de Información Financiera. El dictamen también abordó las pautas de análisis recomendadas por diversos organismos internacionales especializados en materia de blanqueo de capitales”, como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y las recomendaciones en torno a la “compra de inmuebles por sociedades offshore” y los autopréstamos.
Las razones de la Corte
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, dejó sin efecto la sentencia apelada y dispuso que el caso vuelva a la Cámara de Casación para que “se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expuesto”.
“Para esta Corte resulta inadmisible la apertura de un proceso penal en base a generalidades buscando el eventual hallazgo de alguna información incriminatoria -práctica conocida como ‘excursión de pesca’-. Este criterio resulta incluso aplicable a los funcionarios públicos quienes, como ha dicho este Tribunal, están sujetos a un escrutinio más estricto en materia de transparencia patrimonial”, dijo el máximo tribunal.
Sin embargo, en este caso, y sin “adelantar opinión sobre el fondo del asunto, resulta evidente” que en esta causa hay elementos que fueron “dogmáticamente soslayados” por el tribunal de Casación.
Y añadió: "Cobra relevancia la opinión según la cual la cuestión referente a la determinación de las medidas de prueba conducentes para la decisión del pleito corresponde a los jueces de la causa y solo pueden ser revisadas por esta Corte cuando exista -como en el caso de autos- un agravio a la garantía constitucional de la defensa en juicio”.
FL
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