Otro revés para el Gobierno en relación a las causas de Derechos Humanos, tras falta de mérito que dictó este viernes la Cámara de Casación a favor del empresario Carlos Pedro Blaquier por la comisión de supuestos delitos de lesa humanidad ocurridos durante la última dictadura militar en lo que se conoce como “La noche del Apagón”, en Ledesma, provincia de Jujuy.
Los ex directivos de la firma Ledesma, dueños del mayor ingenio azucarero del país, Blaquier, y Alberto Lemos, estaban acusados de haber proporcionado camionetas de la empresa, para el traslado de los secuestrados en la “Noche del Apagón”, en julio de 1976, y otras operaciones represivas en localidades jujeñas como Libertador General San Martín, Calilegua y El Talar, según lo resolvió el juez federal Fernando Poviña a finales de 2012.
Como Tribunal de alzada, la Cámara Federal de Salta, confirmó en 2013 ambos procesamientos, como partícipes de los delitos de privación ilegítima de la libertad y torturas, entre otros, en perjuicio de numerosas víctimas.
Sin embargo, en mayo de 2014, los camaristas de Casación admitieron los recursos de queja interpuestos por la defensa de Blaquier y aceptaron revisar “el fondo de la cuestión” cuya resolución absolutoria se dictó ayer.
Fundamentos. Por unanimidad los jueces Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Eduardo Riggi de la Sala IV del Máximo Tribunal Penal del país advirtieron la “inexistencia de delito” lo que sustentó la revocación del procesamiento y la falta de mérito de Blaquier y Alberto Lemos. Pero además, resolvieron la “ilegalidad” en el nombramiento del fiscal ad hoc designado para impulsar la instrucción, Pablo Pelazzo.
Los camaristas adujeron “gravedad institucional” y excluyeron al fiscal de la causa aunque por “seguridad jurídica” ratificaron lo actuado por el representante del Ministerio Público nombrado por la Procuradora Alejandra Gils Carbó.
La resolución llevó varias audiencias de debate entre los camaristas que incluso habrían analizado la “nulidad” de la designación de Pelazzo. Con los votos de Gemignani y Riggi se concluyó sobre la “ilegalidad”, mientras Hornos se inclinó por legitimar al fiscal en su cargo. Sin embargo los tres magistrados coincidieron en que “de ninguna manera se acreditó la participación de los nombrados en los delitos investigados”.
Papel Prensa, Massot y Blaquier. Esta decisión se conoce como parte de una seguidilla de fallos adversos al Gobierno en causas de lesa humanidad durante los últimos días.
El jueves pasado el juez federal, Julián Ercolini, rechazó el pedido de indagatoria que hiciera el flamante fiscal Leonel Gómez Barbella contra los directivos del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble y Héctor Magnetto y Bartolomé Mitre del diario La Nación en la causa por Papel Prensa. “Hasta el momento no existe en esta causa motivo bastante para sospechar que los denunciados han participado en la comisión de los delitos que se les atribuye”, explicó Ercolini y advirtió que existe un “peritaje en curso sobre la tasación de las acciones”.
La semana pasada se resolvió también la falta de mérito de Vicente Massot, director del diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca, denunciado por crímenes de lesa humanidad, según lo resolvió el juez federal subrogante Claudio Pontet.