Un nuevo revés judicial llegó a la familia Báez, en el marco de la causa conocida como "la ruta del dinero K", cuando la Cámara Federal de Casación rechazó dos recursos que habían presentado el empresario Lázaro Báez y su hijo Martín contra las condenas dictadas en su contra por lavado de dinero.
Es que ya en febrero pasado, Casación había confirmado la sentencia del tribunal oral que dispuso penas de prisión contra ambos. Pero la defensa había pedido revisar las penas, recurso adicional que no tuvo éxito para ninguno de los dos.
Hay que tener en cuenta que ya cuando la Justicia confirmó esta condena, bajó la pena de prisión sobre Lázaro Báez de 12 años a 10 años, y la de su hijo Martín, de nueve años a seis años y seis meses.
Según pudo saber PERFIL de fuentes judiciales, a raíz de esta baja en las penas fue que las defensas pidieron que otra sala de Casación revisara las condenas. Además, habían pedido que resolvieran si el delito de lavado es un "delito continuo". Ambos pedidos fueron rechazados.
La condena de la familia Báez
Hace dos años, el Tribunal Oral Federal N°4 dictó la sentencia sobre la investigación más mediática -y la primera- de las causas de corrupción que involucran al empresario de Santa Cruz y amigo de Néstor Kirchner.
Los jueces de Casación confirmaron que hubo un lavado por 55 millones de dólares, mantuvieron las condenas de 18 imputados y ordenaron decomisos por unos 65 millones de dólares.
Sin embargo, en lo que fue una decisión dividida, los camaristas Mariano Borinsky y Ángela Ledesma disminuyeron las penas y, en cuanto al delito precedente del lavado, dieron por probado únicamente que el dinero de origen ilícito provenía de hechos de evasión fiscal atribuidos a Báez. Según el tribunal oral que en 2021 condenó al empresario, fueron dos los delitos de los que provenían los fondos ilícitos: la evasión y también los hechos de corrupción en la obra pública juzgados en la causa Vialidad, por los que en diciembre pasado fueron condenados Báez y Cristina Kirchner.
Por su parte, Ledesma argumentó que el tribunal no fundó debidamente la relación entre el lavado y los hechos de la causa Vialidad y que, en cambio, sí desarrolló el “nexo causal” de este caso con la evasión fiscal.
En disidencia con ellos dos votó el otro juez del tribunal, Javier Carbajo, que dijo que el dinero que se blanqueó tenía como delitos precedentes tanto la evasión fiscal como los hechos de corrupción en la obra pública de la causa Vialidad.
El magistrado Carbajo, uno de los jueces de la cámara que debía revisar la condena a la vicepresidenta, se excusó de intervenir en el proceso. La expresidenta fue condenada en la causa a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por la obra pública que recibió Lázaro Báez.
Ahora su decisión debe ser ratificada o rechazada por sus colegas de la Sala IV de Casación, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, a quienes justamente este mismo jueves 4 de mayo la defensa de Cristina Kirchner recusó por falta de independencia y parcialidad por sus visitas Olivos y a la Casa Rosada cuando Mauricio Macri cuando era presidente de la Nación.
JD / CP