La Cámara de Diputados aprobó este jueves 24 de septiembre la suspensión inmediata del diputado nacional salteño del Frente de Todos, Juan Emilio Ameri, que fue captado en plena sesión mientras mantuvo una escena de sexo con su pareja. El artículo por el que lo suspendieron habla de que por "inhabilidad moral" y con dos tercios de la cámara, podrá ser expulsado del recinto.
El presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, interrumpió la sesión mixta para suspender inmediatamente y por 180 días al legislador: "Quiero interrumpir el debate de esta ley para plantear que frente a una falta grave del diputado Ameri en el marco de las sesiones se dio una situación que nada tiene que ver con el normal funcionamiento de esta casa".
"Quiero plantearles que a lo largo de estos meses en el marco de la pandemia hemos convivido con situaciones de algún diputado que se quedaba dormido, que se tapaba, pero hoy hemos vivido una situación que supera las reglas de convivencia y normal funcionamiento de esta casa, y por lo tanto quiero pedir de manera inmediata la aplicación del artículo 188 de reglamento", explicó Massa.
En esa línea, pidió "la suspensión inmediata del diputado Juan Ameri, la conformación de una comisión de cinco miembros para que determinen la sanción tal como lo prevé el reglamento e invitar a los distintos bloques que aporten para la conformación de esta comisión. No podemos admitir como cuerpo de representantes que se den este tipo de situación. Les pido que en el marco del artículo 188 procedamos a la suspensión inmediata del diputado Ameri”.
Inmediatamente, pese a que algunos diputados aún no estaban enterados de la situación, se votó por unanimidad la suspensión basada en el artículo 188 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.
Escándalo en Diputados: suspendieron a un legislador por tener sexo en sesión virtual
Este artículo permite si "la gravedad de las faltas lo justificare", suspender al diputado y nombrar una comisión especial de cinco miembros que evalúa y proponga la medida que el caso demande.
El texto habla del artículo 66 de la Constitución Nacional, que dice que para expulsarlo de la Cámara, dos tercios de los votos con el fin de "corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación".
"Puede corresponder desde una suspensión hasta una expulsión. Creo que corresponde la máxima sanción", dijo el diputado de Juntos por el Cambio, Mario Negri.
Quien es Juan Emilio Ameri, el diputado del Zoom hot
Artículo 188. En el caso de que la gravedad de las faltas lo justificare, la Cámara, a indicación del presidente o por moción de cualquiera de sus miembros, decidirá por una votación sin discusión, si es o no llegada la oportunidad de usar de la facultad que le confiere el artículo 66 de la Constitución.51 Resultando afirmativa, el presidente nombrará una comisión especial de cinco miembros que proponga la medida que el caso demande.
Artículo 66 de la Constitución. Cada Cámara hará su reglamento y podrá con dos tercios de votos, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o removerlo por inhabilidad física o moral sobreviniente a su incorporación, y hasta excluirle de su seno; pero bastará la mayoría de uno sobre la mitad de los presentes para decidir en las renuncias que voluntariamente hicieren de sus cargos.
EuDr CP