La ley del “arrepentido” cuyo número se corresponde con el 27.304, se publicó en el boletín oficial el 02 de noviembre del 2016 . La figura del arrepentido aplica para casos de de corrupción, sobornos, dádivas, asociación ilícita, delitos vinculados a producción, tráfico de drogas, corrupción de menores, prostitución, trata de personas y pornografía infantil, entre otros.
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¿Qué es la ley del "arrepentido"?
- Se trata de una herramienta que permite reducir la pena a aquellas personas que participaron de un determinado delito, pero que dan información importante para la causa, permitiendo agilizar la investigación.
- La figura se usa en casos de delitos como corrupción, tráfico de drogas y, trata de personas, entre varios otros. Pero tiene un límite: jamás se puede aplicar en casos de lesa humanidad.
- El “arrepentido” es aquel que durante el proceso penal decide dar información que ayuda a avanzar en las investigaciones o a evitar a que se produzca un nuevo delito, así como a saber dónde están los autores o víctimas de un delito, o a hallar las ganancias provenientes de ilícitos, entre otras posibilidades.
- Como contrapartida, por estos aportes se les reduce la pena que les corresponde por el delito que cometieron, salvo que el delito tenga pena de multa o de inhabilitación, donde la pena no se reduce.
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Para llegar a ser considerado como “arrepentido”, el imputado debe primero llegar a un acuerdo de colaboración con el fiscal del caso, en el que deberá estar presente su abogado defensor. Tras esto, el acuerdo deberá ser homologado por el juez. Si el magistrado no lo homologa, esa decisión puede ser apelada. Además, el juez y el fiscal tienen un plazo de 1 año para controlar si la información que dio el arrepentido fue verdadera y útil. En tanto que la reducción de la pena recién se aplica cuando el tribunal dicta sentencia en un juicio y condena al arrepentido.
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Tal como se informa en la página del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el acuerdo de colaboración se hace por escrito. Y tiene que incluir los delitos de los que participó el arrepentido y en calidad de qué lo hizo “si fue el autor, cómplice, encubridor, etc”. Así como las pruebas que hay contra él, el tipo de información que dará, así como el beneficio que se le dará por su colaboración.
Por otro lado, si se comprueba que la información aportada es falsa, el imputado pierde el beneficio de la reducción de la pena y se le puede imponer una pena de prisión que puede ir de 4 a 10 años.