La vicepresidenta Victoria Villarruel firmó hoy el decreto que ordena controlar el presentismo del personal del Senado mediante el uso de la huella digital. Los ingresos y egresos quedarán registrados en los dispositivos habilitados para tal fin en las dependencias de la Cámara alta que tengan el equipamiento.
La medida se oficializó a los pocos días de que el presidente provisional del Senado, el libertario Bartolomé Abdala (San Luis), admitiera que contrató a al menos 15 asesores, cuyos sueldos los paga el Estado, para que lo ayuden en su campaña electoral a gobernador de San Luis.
La medida la venía trabajando la secretaria Administrativa, María Laura Izzo, en acuerdo con los gremios con representación en el Congreso desde fines de junio, cuando se firmó una resolución que anticipaba la aplicación de la medida para el mes de septiembre.
El decreto de presidencia (DP) 40/24 entrará en vigencia el jueves 12 y deberán registrarse los empleados de las plantas permanentes y temporal de la Cámara alta que, según lo establece uno de los anexos de la normativa, ”es el principal y único responsable de registrar el presentismo en su día laboral mediante la utilización de los relojes de acceso disponibles en los edificios” que integran el Senado.
Esta norma no afecta a todo el personal de la cámara por igual, quedan eximidos de esta obligación “los agentes de planta temporaria que cumplan funciones a las órdenes de un legislador nacional”.
Este mismo sistema de acceso al Senado mediante datos biométricos había sido aplicado durante la presidencia de Gabriela Michetti, en 2018. Pero fue suspendido poco después, ya con Cristina Kirchner como vicepresidenta, como consecuencia de la pandemia de Covid y la sanción del Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO).
Los senadores, secretarios y directores generales son los responsables primarios de llevar el registro del control del presentismo, pero deberán designar a dos personas encargadas de informar a la Dirección de Recursos Humanos el cumplimiento de la jornada laboral por parte de los empleados a su cargo y justificar las ausencias del personal.
Los empleados tienen que cumplir 35 horas de trabajo semanal “con una carga horaria diaria de siete horas, conforme lo dispongan los responsables primarios, de acuerdo a las necesidades operativas de las dependencias a su cargo”.
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