La Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) anunció este lunes cómo y cuándo podrán circular las personas con discapacidad y un único acompañante, familiar o conviviente, con el objetivo -tal como anunció el presidente Alberto Fernández- de que obtengan “un poco de distensión”, siempre marcando la responsabilidad social como premisa.
La resolución 77/2020 de la Andis determinó que pueden circular sin tener que tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación las personas con discapacidad y una única persona asignada como acompañante, a no más de 500 metros de su lugar de residencia. En todos los casos, tienen que llevar consigo el Certificado Único de Discapacidad (CUD) en soporte papel o foto digital, o el turno de actualización del mismo si está vencido; además de los DNI de ambos.
Tampoco tendrán que tener síntomas compatibles con Covid-19 y bajo ningún concepto podrán hacerlo los mayores de sesenta años; quienes tengan enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo; otros con enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas; personas con inmunodeficiencias o diabetes, insuficiencias renales, personas embarazadas y “cualquier otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro”, según dicta la resolución.
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Las salidas podrán hacerse únicamente respetando un calendario de distribución a través de los números de DNI correspondientes. Así, los lunes, miércoles y viernes pueden salir aquellas personas con discapacidad cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5. Los martes, jueves y sábados, quienes tengan DNI terminados en 6, 7, 8 , 9 y 0.
El director ejecutivo de Andis, Claudio Esposito, dijo a PERFIL que “más allá de que se respeten los días y horarios indicados, lo fundamental es que las salidas se contemplen sólo en caso de necesidad”. “Apelamos a la responsabilidad de las personas para que la medida no se transforme en un problema. Pedimos observar todas las medidas precautorias -utilizar tapabocas, mantener la distancia social recomendada de un metro y medio como mínimo con el resto de los transeúntes, el lavado de manos ni bien se regresa al hogar, entre otras, Lo fundamental es cuidarse para cuidarnos entre todos”, agregó Esposito.
Tras conocerse la decisión del Ejecutivo nacional, el delantero de Independiente Silvio Romero -cuyo hijo Mateo, de cuatro años, tiene una encefalopatía crónica no evolutiva- escribió en su cuenta de Twitter que agradecía al Presidente Alberto Fernández por esa medida en nombre de su hijo. Sara Storni, su mujer, -que también es médica- aclaró que tratarían el permiso “con la responsabilidad del caso”.
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Prestadores de servicios. Para los profesionales que prestan servicios a personas con discapacidad, la medida determina que sólo se realizarán en forma presencial aquellas prestaciones de estricta necesidad, impostergables, y que no admitan su realización en modo virtual.
No se podrá hacer uso de este tipo de prestaciones si la persona que recibirá la misma, alguno o alguna de sus convivientes, o el profesional respectivo, posee síntomas de Covid-19 o se encuentra alcanzado por alguno de los determinados como factores de riesgo. Esta limitación se extiende si algún conviviente con el paciente presentara los síntomas. Durante la realización de las prestaciones se deberá cumplir con las recomendaciones en materia sanitaria, vigentes para la prevención del coronavirus.
CP