POLITICA
Pandemia de Coronavirus

Ya se otorgaron dos millones y medio de permisos para circular 

El 65% son en la provincia de Buenos Aires. No incluye al personal de salud y de fuerzas de seguridad u otros rubros de los esenciales que no deben cumplir la cuarentena.

Circulación con permisos 20200409
Vehículos que circulan mostrando su permiso emitido. | Agencia Telam

Mientras el Gobierno define de qué manera se prorrogará el aislamiento social, preventivo y obligatorio, en las últimos días de la semana se siguieron emitiendo los permisos para circular y ya hay 2.500.000 de personas que lo obtuvieron. La provincia de Buenos Aires, como es de esperar por cantidad de habitantes, es la que más tiene, aunque con un porcentaje muy elevado: el 65% de las solicitudes fueron hechas por bonaerenses.

Vale considerar que no todos los servicios exceptuados de la cuarentena están obligados a sacar esta habilitación, por lo que las cifras son elocuentes respecto a la cantidad de gente que sigue circulando por las calles del país. Si se siguen sumando otros rubros a los exentos, esta cifra seguirá en aumento y puede poner en riesgo el éxito de la medida de control contra el coronavirus.

En plena cuarentena total, aumenta un 15% la circulación de autos por la Ciudad

Los datos surgen del relevamiento que hizo la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete, que es la administra el sitio de Trámites a Distancia, donde se gestiona el Certificado Unico Habilitante para Circulación (CUHC). El CUHC entró en vigencia el lunes 6 de abril y en las últimos días se acumularon 40 mil solicitudes en simultáneo, alcanzando ya la cifra de 2.500.000 de declaraciones juradas presentadas.

Después de la Provincia, la mayoría de los permisos fueron solicitados en Ciudad de Buenos Aires (13%), Santa Fe y Córdoba (5,5%), Mendoza (2,5%) y Tucumán (1,5%). Desde el 6 de abril, este certificado fue el único válido para circular en todo el país y, salvo para determinados rubros, dejaron de tener vigencia los que había emitido cada distrito.

De las 44 actividades económica que fueron exceptuadas de cumplir con el aislamiento obligatorio, por tratarse de “servicios esenciales”, son 27 las que deben emitir el CUHC. El resto deben tener alguna constancia (algunas las emiten las administraciones locales, otra las autoridades de aplicación de rubros específicos), pero son casos que no están considerados entre los 2.500.000 de este informe. Personal de salud y de fuerzas de seguridad, funcionarios públicos, judiciales o diplomáticos, periodistas, transportistas privados, públicos o recolectores de residuos, actividades agropecuarias o de telecomunicaciones, mantenimiento de servicios públicos o bancarios son algunos rubros que no necesitan el CUHC. Tampoco si la excusa es una “situación de fuerza mayor” es necesario, aunque en cualquier caso se debe acreditar esa urgencia.

Coronavirus: cómo tramitar el permiso único de circulación nacional

El certificado se consigue a través de la página Trámites a Distancia, dependiente de la Secretaría de Innovación que lidera Micaela Sánchez. Cuando se anunció la puesta en marcha del CUHC el sitio colapsó por la cantidad de visitas recibidas en tan poco tiempo. Finalmente, el problema fue resuelto y ahora cada persona que vaya siendo exceptuada de la cuarentena tendrá que tramitar su habilitación correspondiente. Quienes tengan usuario en la app “Mi Argentina” podrán tener acceso directo al CUHC en la sección “Mi billetera”, sin necesidad de llevar el papel impreso a todos lados.

Las actividades exceptuadas de la cuarentena que deben tramitar el permiso son: 

  1. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
  2. Personal afectado a obra pública.
  3. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  4. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  5. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  6. Servicios de lavandería.
  7. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  8. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  9. Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
  10. Operación de centrales nucleares.
  11. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
  12. Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
  13. Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
  14. Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
  15. Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
  16. Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
  17. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.
  18. Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
  19. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
  20. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
  21. Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
  22. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
  23. Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
  24. Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
  25. Inscripción, identificación y documentación de personas.
  26. Obra privada de infraestructura energética.
  27. Actividad notarial.