En un demorado fallo y tras casi dos décadas de análisis, la Justicia finalmente dispuso que los conductores de dos vehículos que chocaron un día de junio de 1988 afronten mutuamente los daños que se causaron por el episodio.
La Sala H de la Cámara Civil, con las firmas de los jueces Jorge Giardulli y Claudio Kiper, resolvió así un pleito que pasó primero por su etapa penal y que luego derivó en la civil, que extendió el proceso a 18 años.
El 7 de junio de 1988, a las 23, Rubén Capurro conducía su Renault 12 por la Avenida Hipólito Yrigoyen de Lanús, hacia el Sur. En la intersección con la calle Bermejo, chocó con el Ford Falcon de Juan Carlos Baschiera.
“Cada uno de los nombrados le imputa al otro haber invadido la mano de circulación del otro y, en definitiva, la responsabilidad del accidente”, describe el fallo.
Durante la primera etapa, Baschiera fue absuelto y el juez consideró que “el accidente se debió a la imprudente maniobra” de Capurro. Sin embargo, al llegar el caso a la Cámara Civil, los jueces Giardulli y Kiper resolvieron que “la sentencia debe ser revocada en este aspecto y atribuirse la responsabilidad” a Baschiera.
Finalmente, la Justicia resolvió, tras analizarlo por algún tiempo, que “cada parte debe responder por los daños de la otra”. Así, con una moneda que sufrió importantes cambios desde 1988, cada uno de los conductores deberá hacerse cargo de los daños sufridos por el otro.
Fuente: DyN