La Corte Suprema dejó sin efecto la condena contra una institución judía que acusó a un difunto ex diplomático argentino de colaborar con el régimen nazi alemán de mediados del siglo pasado y de tener responsabilidad en la muerte de unos 100 judíos argentinos durante el tercer reich.
El fallo favoreció a la Fundación Wallenberg, que había sido condenada en instancias anteriores a resarcir a los herederos de Luis Hernán Irigoyen, un ex diplomático de la embajada argentina en Berlín, calificado como "responsable de dejar morir en las cámaras de gas a alrededor de 100 judíos argentinos”.
La demanda fue entablada por Juan Carlos Hipólito Irigoyen, nieto del diplomático, cuya actuación durante el nazismo es aún hoy eje de una controversia histórica entre quienes lo acusan de colaboracionista y los que sostienen que ayudó a salvar la vida de judíos durante el régimen que lideró Adolf Hitler.
La Corte, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon, Enrique Petracchi, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, se basó sobre el derecho a la libertad de expresión para dejar sin efecto la condena contra la entidad judía. El fallo reconoció que el calificativo de "cómplice" que pesa sobre Irigoyen es una durísima descalificación que se relaciona con la actuación que le cupo en aquellos años”.
Pero advirtió que "las mentadas expresiones -sobre cuya justicia o injusticia no deben pronunciarse los tribunales- tienen tutela constitucional, a la luz de las doctrinas sobre libertad de expresión a las que esta Corte adhiere”. El calificativo de "cómplice" -añadieron- “no puede ser considerado un insulto gratuito” sino un “cuestionamiento ríspido, de un tipo no inusual en las disputas históricas”.