SOCIEDAD
Teletrabajo

Trabajo remoto: cómo afecta la medida del Gobierno a los empleados estatales

La medida será hasta el miércoles 31 de marzo, un día antes del jueves santo, jornada definida como "no laboral".

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Encierro. A un año del ASPO aún hay temor a volver a fase 1. | Néstor Grassi

El Gobierno nacional estableció este lunes 29 de marzo los alcances de la modalidad de trabajo remoto para los próximos tres días en el sector público y definió qué dependencias quedan excluidas de esa decisión, que busca frenar la segunda ola de contagios por coronavirus en todo el país.

Los alcances del teletrabajo para los estatales quedaron establecidos mediante la Decisión Administrativa 280/2021 publicada este lunes en el Boletín Oficial. La medida había sido anunciada el domingo por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Con excepción de algunas dependencias del Estado, explicitadas en el documento oficial, esta modalidad de teletrabajo es obligatoria durante los próximos tres días para los empleados públicos.

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Será hasta el miércoles 31 de marzo, un día antes del jueves santo, jornada definida como "no laboral". La medida busca hacer descender la circulación de personas para frenar los contagios.

En el artículo primero de la Decisión Administrativa publicada hoy se "establece la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive".

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En tanto, agrega que se podrá determinar quiénes prestan servicios "indispensables" para la administración pública: "La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 determinará los equipos esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el correcto y normal funcionamiento del Sector Público Nacional".

Quiénes quedan exceptuados del teletrabajo

Por otra parte, el texto establece cuáles son los sectores públicos que quedan excluidos del trabajo remoto:

  • Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud "Dr. Carlos G. Malbrán" (ANLIS).
  • Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
  • Personal de las Fuerzas de Seguridad Federales - Personal de las Fuerzas Armadas.
  • Personal del Servicio Penitenciario Federal.
  • Personal de salud y del sistema sanitario.
  • Personal del cuerpo de Guardaparques Nacionales Decreto N° 1455/87 y el Personal del Sistema Federal de Manejo del Fuego Decreto N° 192/21.
  • Dirección Nacional de Migraciones.
  • Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

A su vez, el Gobierno nacional recomienda que "adopten medidas similares" el Poder Judicial, el Legislativos, las provincias, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y los municipios de todo el país, al tiempo que extiende esta recomendación al sector privado.

La Decisión Administrativa publicada hoy lleva la firma de Cafiero y de los ministros Claudio Moroni y Carla Vizzotti.

 

CI/FF