La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la extradición de un ciudadano peruano condenado por no haber pagado una cuota alimentaria. El máximo tribunal falló de esta manera con el argumento de que la causa había prescrito en 2019, algo que efectivamente ocurrió a pesar de que el gobierno peruano había elevado el pedido ante la justicia argentina un año y medio antes de que se extinguiera la acción penal.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti ordenaron revocar la extradición a Perú de un hombre que era buscado por "omisión de asistencia familiar", un delito contra la familia tipificado en el Código Penal de Perú que supone penas que van desde servicio comunitario hasta años de cárcel.
En tanto, el condenado no deberá volver a Perú para enfrentar a la justicia debido a que logró que la causa prescribiera a pesar del intento del gobierno peruano, que presentó el pedido de extradición a principios de 2018 para evitar la caducidad de la causa, pautada para junio de 2019 por el máximo órgano de justicia de ese país.
Los detalles del fallo
El caso llegó a las manos de los cortesanos luego de que la defensa del ciudadano peruano Yehyhis Cam Prado apelara la sentencia del Juzgado Federal número nueve que había concedido la extradición "para someterlo a proceso por el delito de omisión a la asistencia familiar". En la instancia judicial que le siguió a la apelación, el procurador general interino, Eduardo Casal, "propuso revocar el fallo apelado y declarar improcedente la extradición".
Finalmente los cortesanos evaluaron la fecha de extinción de la acción penal como base para revocar el pedido de extradición. "La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Perú dio cuenta del 12 de junio de 2019 como fecha de extinción de la acción penal nacida del delito imputado al requerido, conforme al plazo extraordinario de prescripción de la acción penal aplicable y tomando la fecha de comisión del delito, el 12 de diciembre de 2014", fue uno de los argumentos del fallo.
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En ese sentido, establecieron "el plazo en cuestión es de cuatro años y seis meses" y ya se extinguió. "La acción penal en la que se fundó la solicitud se ha extinguido por prescripción, extremo que torna de aplicación la causal de improcedencia prevista", coincidieron. De esta manera, la justicia argentina finalmente convalidó la estrategia de Cam Prado, que logró que su causa prescribiera escapando y permaneciendo en Argentina.
La demora en la Justicia
De esa manera, el peruano consiguió eludir la acción judicial en su país, aprovechando los "tiempos de la justicia" argentina que tardó cinco años en pronunciarse de manera firme sobre la extradición. Por su parte, Perú había pedido la extradición el 3 de enero de 2018, es decir un año y medio antes de que venciera el plazo antes de la prescripción, pautada para el 12 de junio de 2019.
El pedido de extradición había sido formulado por el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Lima Este por "Delito contra la Familia–Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de su hijo menor de edad". El pedido de extradición fue firmado por el entonces presidente peruano Pedro Pablo Kuczynski.
CD / ED