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FERIADOS 2023

Se viene un nuevo fin de semana XL: cuándo es el próximo feriado y cómo se paga

El jueves 25 de mayo es el feriado inamovible por el Día de la Revolución de Mayo de 1810. En tanto, el viernes 26 de mayo también fue decretado feriado por "fines turísticos".

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| CEDOC

La próxima semana será corta y culminará con un nuevo fin de semana largo , ahora se viene el del 25 de mayo que se convirtió en turístico tras el decreto del Gobierno Nacional que declaró día no laborable al viernes 26, por lo que se armó un descanso  extra largo de cuatro días incluido en el marco del programa PreViaje 4.

El jueves 25 de Mayo es el feriado inamovible por el Día de la Revolución de Mayo de 1810, un punto de inflexión a nivel histórico mediante el cual se formó la Primera Junta de Gobierno patrio y surgió nuestra nación.

El viernes 26 de mayo también fue decretado feriado por "fines turísticos", por lo que se creó un fin de semana largo que se extiende por cuatro días.

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La Ley de Contrato de Trabajo (20744) establece que quienes presten servicios accederán a una remuneración extra en carácter de pago adicional. De esta manera, estarán comprendidos bajo este beneficio quienes se encuentren alcanzado por la Ley de Contrato de Trabajo. 

Según indica dicha Ley, los días feriados trabajados son jornadas adicionales. Esto significa que se deberá cobrar la remuneración normal de una jornada laboral, más un monto de igual cantidad. Por eso se dice que los feriados se pagan doble.

Si trabajo el 25 de Mayo: ¿cómo me lo pagan?

¿Hay diferencias entre un día feriado y uno no laborable?

Si, existe diferencia concreta. En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Por lo tanto el trabajador no está obligado a prestar servicios, y solo podría hacerlo como excepción.

En cambio, en los días no laborables, el trabajo es optativo para el empleador, excepto para bancos, seguros y actividades afines.

Al respecto, la Ley de Contrato de Trabajo en su artículo 167 explica: "En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple".

Y agrega: "En caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador".

La mejor noticia del día: mayo llega con dos fines de semana largos

¿Cuántos feriados quedan en 2023?

Según el decreto 764, firmado por el presidente Alberto Fernández el año pasado, este año incluye 14 feriados inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos, dando un total de 19 jornadas extras de descanso.

En concreto, en lo que queda del año se podrá disfrutar de los siguientes feriados:

• 25 de mayo (jueves): Día de la Revolución de Mayo

• 26 de mayo (viernes): Feriado con fines turísticos

• 17 de junio (sábado): Paso a la Inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de Güemes

• 19 de junio (lunes): Feriado con fines turísticos

• 20 de junio (martes): Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano

• 9 de julio (domingo): Día de la Independencia

• 21 de agosto (lunes): Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (se corrió desde el 17/08)

• 13 de octubre (viernes): Feriado con fines turísticos

• 16 de octubre (lunes): Día del Respeto a la Diversidad Cultural (se corrió desde el 12/10)

• 20 de noviembre (lunes): Día de la Soberanía Nacional

• 8 de diciembre (viernes): Inmaculada Concepción de María

• 25 de diciembre (lunes): Navidad

 

Además, a partir de estas fechas se generan otros tres fines de semana extra largos para lo que queda del año:

• Del jueves 25 de mayo al domingo 28 de mayo.

• Del sábado 17 de junio al 20 de junio.

• Del viernes 13 de octubre al 16 de octubre.

 

ds