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Asociaciones apelaron

Declararon inconstitucional la Ley de Alquileres que prohibía cobrar comisiones a inquilinos

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires revocó un fallo de primera instancia.

Uno de cada tres inquilinos tiene dificultades para pagar el alquiler.
Uno de cada tres inquilinos tiene dificultades para pagar el alquiler. | NA

La ley de alquileres que prohibía que las inmobiliarias cobren comisiones a los inquilinos en contratos fue declarada inconstitucional por la Justicia porteña, a raíz de una acción judicial iniciada por el colegio de agentes inmobiliarios.

La decisión fue tomada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires al revocar un fallo de primera instancia y de esa manera determinó que es ilegítima la Ley de Alquileres porteña (Ley 5859).

La ley había sido aprobada en septiembre de 2017 y establecía que las comisiones de 4,15% del valor de los contratos tenían que estar a cargo de los locadores.

Sin embargo, cabe destacar que el fallo no quedará firme de inmediato, por lo que ese artículo de la ley de alquileres seguirá vigente a menos que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad rechace la apelación presentada recientemente por las asociaciones de inquilinos.

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En diálogo con TN, el titular de Inquilinos Agrupados Gervasio Muñoz detalló que "el martes es el último día para que presentemos la apelación. La Cámara es la que va a definir si da lugar al recurso y pasa a una tercera instancia o no".

"Hay muchos intereses en juego. El mercado inmobiliario presiona mucho por la ley nacional. Esto es la punta de lanza para que se caigan todas las otras leyes provinciales. El inmobiliario es un sector acostumbrado a usar a los inquilinos y cobrar de más, siempre. No me sorprende, pero indigna que la Justicia sea cómplice. Vamos a apelar, la ley sigue vigente: no pueden cobrar nada", agregó.

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La sentencia fue firmada por los integrantes de la Cámara en lo Contencioso, Administrativo y Tributario que consideró que la posibilidad de que los inquilinos se nieguen a pagar su porción de la comisión tiene lugar a través de la presentación de un "protesto", un procedimiento judicial para rechazar una obligación de pago.

Los amparos judiciales que terminaron con el fallo de estuvieron a cargo del Colegio Profesional de los Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA), el Centro de Corredores Inmobiliarios (CECIN) y la Corporación de Rematadores y Corredores Inmobiliarios (CRCI).

DR/FeL