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No más espera

El Certificado Único de Discapacidad se expedirá sin fecha de vencimiento

Así lo confirmó el Gobierno a través del Boletín Oficial. De todas formas, se mencionó que esta medida se implementará de forma progresiva y en etapas.

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Discapacidad | Cedoc Perfil y Agencia Shutterstock

A partir de este lunes 6 de marzo, el Gobierno confirmó que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) se expedirá sin vencimiento en sus versiones física y digital, siempre y cuando "los criterios certificantes se mantengan". De todas formas, se aclaró que la implementación será "progresiva, gradual y en etapas".

"Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan", se explicó en el artículo 1° de la Resolución 322/2023, la cual fue publicada en el Boletín Oficial bajo la firma del director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Fernando Galarraga.

Galarraga indicó que el objetivo es llegar a una "nueva dinámica de vinculación de las personas con discapacidad con los procesos de certificación", tanto para aquellas personas que ya poseen el CUD como para quienes buscan tramitarlo por primera vez.

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"Esta actualización nos permite contar con una herramienta menos burocrática, más moderna y más sencilla", aseguró el titular de ANDIS. Además, el nuevo proceso de certificación requerirá varias instancias de acompañamiento con una periodicidad de entre los 5 y 15 años para mantener actualizados los registros.

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Cabe mencionar que recientemente se había resuelto la prórroga por un año de la vigencia de los certificados que vencían en 2023, la cual también le extendía la vigencia a aquellos certificados que vencían en 2021 o 2022 y ya habían sido extendidos.

A su vez, desde el Gobierno buscan tener un "rol proactivo" para acompañar a las personas con discapacidad durante toda su vida. En este contexto es que crearon el "Plan de Promoción, Mejoramiento y Fortalecimiento de la certificación de la discapacidad", para así simplificar este tipo de trámites.

"Difundir los derechos y servicios a los que se accede con el CUD", "fortalecer las herramientas y recursos vinculados con la certificación" y "disminuir la brecha entre personas certificadas y población con discapacidad estimada", son otros de los objetivos planteados en este marco. Los mismos fueron plasmados en el anexo de la Resolución 113/2023, también oficializada en el Boletín Oficial.

En este sentido, explicaron que dicho plan permitirá "brindar previsión y seguimiento a las acciones ya desarrolladas y a desarrollar por la ANDIS en materia de certificación", apuntando a la población de personas con discapacidad ya certificadas y a la población con discapacidad en general, la cual se calcula en un 10.2% del total del país.

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A partir de ahora, se fijarán nuevas instancias de control y acompañamiento que permitirán mantener actualizados los registros.

Por otro lado, se mencionó que dicho plan de acción también incluye "al entorno de las personas con discapacidad, organizaciones de la sociedad civil y actores vinculados con los procesos de certificación".

En este sentido, la nueva medida resulta un alivio para quienes poseen el CUD como para sus familias y amigos, ya que esto se definió luego de sus insistentes reclamos frente a las complicaciones que implicaba la renovación del certificado, ya que los turnos con la Junta Médica Evaluadora solían demorar hasta siete meses.

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Derechos otorgados por el CUD

Tramitar el CUD le otorga una serie de derechos a sus beneficiarios:

  • Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) requeridos en relación a la discapacidad certificada.
  • Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.
  • Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad.
  • Asignación familiar por hijo con discapacidad.
  • Asignación por conyugue con discapacidad.
  • Excepción de pago de peajes e impuestos (municipales, patentes, entre otros).
  • Libre estacionamiento en los lugares permitidos.
  • En estos casos la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.

 

AS/ff